Bases Legales

BASES  DE CONCURSO

“ETIQUETA A TU COPILOTO Y GANA ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”

En Santiago de Chile, a 30 de enero de 2025, CHERY OMODA & JAECOO MOTOR SpA, Rol Único Tributario N° 77.737.328-5, debidamente representado por representada por don Cheng Zhang, Pasaporte de la República Popular de China N° EK668598, y por don Jason Wang,  Pasaporte de la República Popular de China N° EL7754213, todos con domicilio en Alonso de Córdova 4355, Piso 5, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en adelante el “Organizador”, ha establecido las siguientes bases que regirán el concurso denominado “ETIQUETA A TU COPILOTO Y GANA ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”, en adelante e indistintamente el “Concurso”. El concurso se regulará de acuerdo a los términos y condiciones establecidas en este documento, en adelante las “Bases”:

PRIMERO: Antecedentes generales.

  1. El Organizador es una sociedad filial del grupo empresarial Chery Automobile, y es representante y distribuidor exclusivo en Chile de los vehículos marca Omoda (en adelante, indistintamente “Omoda” o la “Marca”).
  2. El Organizador, dentro de su plan de marketing, promoción y publicidad de los productos que distribuye y comercializa, desarrollará el presente Concurso para sortear entradas al festival Lollapalooza Chile 2025 (en adelante, “Lollapalooza” o el “Evento”).

SEGUNDO: Requisitos para concursar.

Podrán participar en el Concurso todas aquellas personas, que durante el Plazo de Vigencia den cumplimiento a lo establecido en la cláusula Sexta y Séptima, y cumplan con los siguientes requisitos copulativos (en adelante, los “Participantes”):

  1. Ser mayor de 18 años a la fecha de participar en el Concurso.
  2. Ser chileno, o tener residencia temporal o definitiva en el país.
  3. Tener una cuenta personal de Instagram, pública.
  4. Seguir en Instagram las cuentas @omoda.chile y @jaecoo.chile

TERCERO: Exclusiones

  1. No podrán participar en el Concurso, no obstante reunir los requisitos señalados en la cláusula anterior:
    1. Los trabajadores de Chery, Omoda & Jaecoo Motor SpA y demás sociedades del Holding Chery Automobile, sean estas sociedades matrices, filiales o coligadas, ni sus cónyuges y/o parientes por afinidad y consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de terceros.
    2. Los trabajadores de agencias o empresas externas que colaboren con el desarrollo del Concurso, ni las agencias publicitarias, ni sus cónyuges y/o parientes por afinidad y consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de terceros.
    3. Los Concesionarios que mantengan una relación comercial con el Organizador, sus directores, trabajadores, sus cónyuges y/o parientes por afinidad y consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de terceros.
  2. El Organizador se reserva el derecho de eliminar a cualquier Participante o ganador del Concurso que considere ha empleado métodos ilegítimos, o que cuente con la ayuda de terceros o sistemas tecnológicos para burlar los mecanismos y espíritus del presente Concurso.
  3. El Organizador se reserva el derecho a eliminar a cualquier Participante o ganador del Concurso que incumpla alguna de los términos y condiciones establecidos en las presentes Bases del Concurso.

CUARTO: Vigencia del Concurso

  1. El concurso estará vigente desde las 18:00 horas del 03 de marzo de 2025 hasta las 17:00 horas del 17 de marzo de 2025. (el “Plazo de Vigencia”).
  2. El plazo será fatal y, en consecuencia, con posterioridad a las fechas y horas mencionadas, no se admitirán más participaciones en el Concurso, aun cuando haya continuado exhibiéndose material publicitario del Concurso, sea en redes sociales, en páginas web u otro medio o plataforma de comunicación, audiovisual, escrito, digital, físico o en cualquier plataforma o soporte.
  3. El Organizador se reserva el derecho a modificar o extender el Plazo de Vigencia del Concurso, como asimismo a poner término anticipado al mismo, en cualquier momento, por motivo plausible, sin perjuicio de no estar obligado a expresarlo. En cualquiera de dichas situaciones, se informará oportunamente a los Participantes, a través de medios oficiales del Organizador, tales como su página web, redes sociales, o cualquier otro medio que determine el Organizador.

QUINTO: Territorio.

El Concurso tendrá aplicación en todo el territorio de Chile. 

SEXTO: Mecanismo de participación.

Para participar en el Concurso, los Participantes deberán realizar las siguientes actividades:

  1. Etiquetar a su acompañante en los comentarios de la publicación.
  2. Tanto el cómo su acompañante deben seguir a @omoda.chile y @jaecoo.chile.
  3. Se puede comentar más de una vez, pero con distintas personas y siempre deben seguirnos ambas.
  4. El Organizador velará por el cumplimiento de la ley, la moral y las buenas costumbres en el desarrollo del Concurso y la entrega del premio. Por ello, no se permitirá la publicación de comentarios que sean obscenos, violentos, inciten al odio o falten el respeto a personas, autoridades o instituciones.
  5. El Organizador se reserva el derecho de revisar y eliminar cualquier comentario que infrinja estas normas o, en su caso, descalificar al participante del Concurso.

SÉPTIMO: Proceso de selección del ganador

  1.  El 17 de marzo de 2025 se realizará la selección de los Participantes ganadores, mediante un sorteo de forma aleatoria, de acuerdo a la herramienta que al efecto disponga el Organizador.
  2. El Organizador se contactará con los ganadores a través de alguno (cualquiera) de los medios de contacto proporcionados por estos al participar en el Concurso.
    Asimismo, se publicarán los ganadores en los perfiles de Instagram @omoda.chile y @jaecoo.chile, sin perjuicio de poder publicarse en otros medios, plataformas, o redes sociales, en cualquier formato, sea digital, físico, escrito, audiovisual u otro.
  3. Una vez contactado el Participante ganador, este tendrá un plazo de 24 horas para responder, enviar copia de su cédula de identidad y suscribir el Acta de Recibo de Premio, cuyo formato se adjunta como Anexo N°1 a las presentes Bases de Concurso. En caso contrario, el Organizador podrá declarar desierto el Concurso, o realizar un nuevo proceso de selección de ganador.
  4. Una vez contactado y confirmado el Participante ganador, la entrega del premio se realizará en un plazo de 24 horas de forma digital previa coordinación con el Participante ganador.

OCTAVO: Premio.

  1. El Organizador ha dispuesto, para ser entregados por el presente Concurso un total de 6 entradas generales para el festival Lollapalooza Chile 2025. Cada ganador recibirá una entrada doble (es decir, dos entradas) para un día de festival (en adelante, los Premios). La distribución de los Premios será la siguiente:
    1. Se seleccionarán 1 ganador, el cual recibirá 2 entradas generales para el Evento del día viernes 21 de marzo de 2025.
    2. Se seleccionará 1 ganador, el cual recibirá 2 entradas generales para el Evento del día sábado 22 de marzo de 2025.
    3. Se seleccionara 1 ganador, el cual recibirá 2 entradas generales para el Evento del día domingo 22 de marzo de 2025.
  2. Los Premios no podrán ser canjeados por el Participante ganador por dinero, ni ningún otro bien. Asimismo, se deja expresa constancia que los ganadores no podrán solicitar el cambio de la fecha de sus entradas.
  3. El impuesto a la renta, así como cualquier otro impuesto, tasa, contribución, o cualquier tributo en general que se derivare del Premio para el ganador, será de su cargo y de su exclusiva responsabilidad, sin que corresponda al Organizador responsabilidad alguna en ello.
  4. La entrega de los Premios será efectuada única y exclusivamente al Participante que haya resultado ganador, y no podrá ni podrán ser cedidos a terceros.

NOVENO: Obligaciones del Participante.

  1. Los Participantes declaran y garantizan que la información, materiales, contenidos u observaciones que no sean de su propiedad y que sean ingresados con el fin de participar en este Concurso, no infringen los derechos de propiedad intelectual de terceros, no se refieren a datos personales de terceros y no infringen en general otra disposición legal. 
  2. El Participante que resulte ganador se obliga a aceptar el Premio en los términos indicados por el Organizador y a coordinar su entrega dentro del plazo que éste señale, debiendo cumplir con todas las obligaciones señaladas en las presentes Bases. Para ello, deberá proporcionar al Organizador toda la información y/o documentación que se estime necesaria, incluyendo, pero no limitado a, su nombre completo, RUT y/o copia de su cédula de identidad vigente.
  3. Será responsabilidad del ganador utilizar, aplicar y destinar el Premio que reciba al uso, goce y destino que naturalmente le corresponden.
  4. El ganador se obliga a participar sin costo alguno en las actividades publicitarias o promocionales que el Organizador estime pertinentes, en el marco y con ocasión de este Concurso, autorizando el uso de su nombre, imagen y/o voz para dichos fines, de conformidad con la legislación chilena y sin que ello implique la obligación de pago o contraprestación adicional.
  5. El Participante ganador no podrá efectuar declaraciones, realizar conductas o llevar a cabo acciones u omisiones que lesionen los intereses del Organizador, su reputación comercial y la de los productos que comercializa y distribuye, así como a sus directivos y trabajadores.
  6. La participación en el Concurso y la aceptación del Premio implica la renuncia expresa por parte del ganador a formular cualquier tipo de reclamo o acción en contra del Organizador por hechos relacionados con el festival Lollapalooza Chile 2025, debiendo dirigir cualquier solicitud o requerimiento a los organizadores del evento.

DÉCIMO:  Gastos y responsabilidades.

  1. El Organizador no se hace responsable de la pérdida, deterioro, o robo de los Premios objeto de estas bases.
  2. El Organizador no se hace responsable por los gastos asociados a la participación en el Concurso, tales como gastos de movilización, viajes, traslados, y todos sus trámites y gastos asociados, cualquiera sea su naturaleza o especie, siendo dichos gastos responsabilidad exclusiva del Participante o ganador.
  3. El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el ganador o terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación en el Concurso y/o con motivo o con ocasión del retiro de los Premios y/o utilización de los mismos.
  4. El Organizador cumple íntegramente con su obligación al entregar los Premios a los ganadores en los términos establecidos en estas Bases. En consecuencia, el Organizador no será responsable por la suspensión, modificación, reprogramación o cancelación del festival Lollapalooza Chile 2025, ni por cualquier cambio en las condiciones de acceso, organización, desarrollo o prestación de servicios del evento, los cuales son de exclusiva responsabilidad de los organizadores del festival.
  5. Asimismo, el Organizador no será responsable por accidentes, daños, pérdidas, robos, hurtos, problemas de acceso, fallas en la logística, cambios en la parrilla de artistas, restricciones sanitarias, condiciones climáticas adversas o cualquier otro hecho que ocurra durante el desarrollo del festival y que pueda afectar la experiencia del ganador y su acompañante.

UNDÉCIMO: Tratamiento de datos personales.

  1. Mediante la aceptación expresa de estas Bases, el Participante, en su calidad de titular de los datos personales que entrega al Organizador al inscribirse en el Concurso, consiente y autoriza expresamente al Organizador a realizar el tratamiento de dichos datos personales, conforme a la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada y demás normativa aplicable.
  2. El Organizador actúa sobre la base de que los datos entregados por los concursantes son veraces y han sido proporcionados de buena fe por el propio titular. En tal sentido, el Organizador no será responsable de cualquier infracción o consecuencia derivada de la ilicitud, ilegitimidad, alteración, mal uso, usurpación de identidad, fraude o sanción que pudiera resultar de la información que le haya sido entregada.
  3. Los titulares que resulten ganadores de este Concurso autorizan al Organizador a divulgar su nombre, fotografía y/o videos de su persona, ya sea publicando que han participado o que han obtenido el premio, siempre que ello se realice en el marco de la promoción de este Concurso y sin que ello implique pago o indemnización alguna.
  4. El Organizador podrá compartir los datos personales de los concursantes con empresas del grupo Chery Automobile y con terceros, con el objeto de realizar cruces de información con otras bases de datos y llevar a cabo acciones de marketing. Asimismo, el Organizador podrá usar los datos para:
    1. Comunicación de promociones, información de productos, beneficios, concursos, ofertas, eventos, actividades y otros bienes o servicios complementarios a través de medios tecnológicos.
    2. Envío de encuestas de satisfacción a través de medios tecnológicos.
    3. Envío de encuestas de estudio de mercado a través de medios tecnológicos.}
    4. Realización de algoritmos de similitud (lookalike) en Facebook, Google u otras plataformas digitales.
    5. Realización de análisis de consumo, preferencias y tendencias de mercado.
    6. Realización de análisis de clusterización, segmentación, agrupaciones y de machine learning.
    7. Envío de comunicaciones a través de medios tecnológicos para actualización de términos y condiciones.
    8. En general, realizar publicidad y prospección comercial.
  5. El Organizador mantendrá el registro de los datos personales recopilados en virtud de este Concurso, como respaldo de la realización del mismo.
  6. En el evento que los concursantes requieran información de sus datos personales, rectificarlos, o ejercer los demás derechos que contempla la Ley N°19.628, deberán contactarse con el Organizador mediante el envío de un correo electrónico a [email protected] 

DUODÉCIMO: Modificación de las Bases.

El Organizador se reserva el derecho de modificar las presentes Bases, en cualquier momento, y sin necesidad de expresar causa. Las modificaciones que realice el Organizador surtirán efectos una vez publicadas o protocolizadas, sin perjuicio de que en el respectivo instrumento se indique una fecha distinta de entrada en vigencia, que, en todo caso, no podrá ser anterior a su publicación o protocolización.

DÉCIMO TERCERO: Interpretación de las Bases.

El Organizador se reserva el derecho para interpretar y determinar el sentido y alcance de estas bases, en caso de dudas y/o conflictos que se suscitaren sobre su contenido y aplicación.

DÉCIMO CUARTO: Aceptación de las Bases.

  1. La participación en este Concurso requiere el conocimiento y aceptación de estas Bases. En consecuencia, las personas que participen en el Concurso, por el hecho de su sola participación, aceptan formalmente todas y cada una de las disposiciones establecidas en las presentes Bases.
  2. Las presentes Bases estarán disponibles, en todo momento, en ______, y se encuentran protocolizadas en la ___ Notaría de Santiago de don ______. En caso de sufrir modificaciones, se comunicará oportunamente a los Participantes y público genera, y dichas modificaciones se publicarán y protocolizarán de igual manera.

DÉCIMO QUINTO: Autorización.

Los Participantes ganadores del Concurso, al aceptar las presentes Bases y suscribir el Acta de Recepción de Premio (Anexo N°1), autorizan expresamente e irrevocablemente al Organizador para difundir su imagen y nombre, en el marco de las actividades de promoción, publicidad o marketing que éste realice. En virtud de lo anterior, el Organizador podrá comunicar su identidad, grabar, filmar y/o fotografiar a los ganadores, así como exhibir, reproducir y/o publicar dichas grabaciones, filmaciones o fotografías en redes sociales, sitios web o en cualquier otro medio o plataforma, ya sea audiovisual, escrito, digital o físico, sin que ello genere derecho a pago o indemnización alguna para los ganadores.

DÉCIMO SEXTO: Reserva de acciones.

El Organizador se reserva el derecho a iniciar las acciones legales que procedan frente a cualquier irregularidad que se pueda detectar, que se haya realizado en, o con ocasión del presente Concurso.

DÉCIMO SÉPTIMO: Ley aplicable y jurisdicción.

Toda relación que en virtud de este Concurso se genere entre cualquiera de los Participantes y el Organizador, se regirá con total sujeción a las leyes de la República de Chile y serán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa de los Participantes del Concurso a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

DÉCIMO OCTAVO: Consultas y reclamos.

Las consultas o reclamos que requieran presentar los Participantes, que se refieran al presente Concurso, deberán ser dirigidas al correo electrónico [email protected]

 

ANEXO N°1 DE BASES DE CONCURSO 

“_______________________” 

ACTA DE RECIBO DE PREMIO, RENUNCIA DE ACCIONES Y DERECHO A USO DE IMAGEN 

En ________________, a ___de ____________de __________.

____________________________, de nacionalidad _________________, mayor de edad, estado civil _______________, profesión u oficio_______________, cédula nacional de identidad N°_________ __, domiciliado en _________________________________, de la ciudad de ________________, declaro que:

  1. Tras haber leído, entendido y aceptado las bases del concurso, he participado en el concurso denominado “_________” (en adelante, el Concurso), desarrollado por CHERY, OMODA & JAECOO MOTOR SpA (en adelante, el Organizador”).
  2. He dado cumplimiento en todo momento, a todas las cargas, obligaciones, declaraciones, y en general a todas las disposiciones de las Bases del Concurso.
  3. El Organizador me contactó oportunamente para comunicarme el hecho de haber sido seleccionado ganador del Concurso.
  4. Cumplo con todas los requisitos para ser seleccionado ganador del Concurso, y me obligo expresamente a cumplir con las obligaciones que he asumido al aceptar las Bases del Concurso.
  5. Con fecha de hoy, he recibido de parte del Organizador, el siguiente premio:
    ________________, el cual declaro recibir a mi completa conformidad, sin tener reclamo alguno que formular al Organizador.
  6. Mediante el presente instrumento acepto y me comprometo a participar de las actividades, promociones, eventos, programas o difusión que el Organizador determine, prestando mi colaboración con el objeto de favorecer la difusión de la obtención del premio por los medios que el Organizador indique.
  7. Autorizo desde ya expresamente al Organizador, a utilizar la información recaudada mediante el Concurso y a difundir mi nombre e imágenes mediante la toma de fotografías y/o videos, vinculadas a mi participación en el Concurso, renunciando a recibir cualquier compensación, sea en dinero o en especie.
  8. Que acepto el Premio dada mi participación legítima en el Concurso, por lo que cualquier comprobación de que la información entregada por mi parte con motivo del Concurso fuera incorrecta o falsa, hará que el Premio sea devuelto al Organizador, junto con los daños y perjuicios que correspondan, aceptando que el Organizador. podrá seguir en mi contra todo tipo de acciones civiles, penales y administrativas que pudieran corresponder

De esta forma y habiendo recibido a entera satisfacción y conformidad el Premio antes señalado, vengo en renunciar expresa e irrevocablemente a toda acción, cualquiera sea su naturaleza, infraccional, civil o penal, que pudiere asistirme con motivo del Concurso, desarrollado por CHERY, OMODA & JAECOO MOTOR SpA.

Acredito mi identidad con la exhibición y entrega de una copia de mi Cédula de Identidad, el cual se entiende parte integrante del presente instrumento.

Firma: ____________________________

Nombre completo: ____________________________ 

Cédula de identidad: ____________________________ (adjuntar copia)

 PROMOCIÓN «PLAN DE CARGA GRATIS POR 1 AÑO»

 

  1. Condiciones Generales

 

Esta promoción es válida exclusivamente para clientes que adquieran un vehículo mediante  financiamiento a través de Forum hasta el 31 de marzo de 2025 y activen el beneficio en la  App Copec. Para acceder, el cliente debe contar con una cuenta activa en la aplicación al  momento de la compra. 

 

  1. Beneficio

 

El beneficio consiste en un año de carga gratuita, con un límite de: 

Hasta 2.100 kWh en total durante 12 meses. 

Promoción un año gratis considera 3 cargas al mes desde 0% a 80% considerando un recorrido estándar de 1.050 kilómetros 

El beneficio se otorga en forma de saldo cargado en la App Copec y es válido únicamente  para cargas en Copec Voltex. 

 

  1. Vigencia y Activación

 

El saldo de carga se activará en la cuenta del usuario en el mes siguiente o subsiguiente a la  fecha de compra del vehículo. 

La promoción tendrá una vigencia de 12 meses desde la activación o hasta alcanzar el tope de 2.100 kWh, lo que ocurra primero. 

Este beneficio no es acumulable con otras promociones, no es transferible, no es canjeable  por dinero y no es reembolsable en caso de no utilizar la totalidad del saldo disponible. 4. Información y Atención al Cliente 

Para más detalles sobre la promoción, sus términos y condiciones, visita www.appcopec.cl o comunícate con el servicio de atención al cliente de Copec Voltex a través de [email protected].

 

BASES  DE CONCURSO

“CANTA  POR ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”

En Santiago de Chile, a 17 de febrero de 2025, CHERY OMODA & JAECOO MOTOR SpA, Rol Único Tributario N° 77.737.328-5, debidamente representado por representada por don Cheng Zhang, Pasaporte de la República Popular de China N° EK668598, y por don Jason Wang,  Pasaporte de la República Popular de China N° EL7754213, todos con domicilio en Alonso de Córdova 4355, Piso 5, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en adelante el “Organizador”, ha establecido las siguientes bases que regirán el concurso denominado “CANTA POR ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”, en adelante e indistintamente el “Concurso”. El concurso se regulará de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en este documento, en adelante las “Bases”:

PRIMERO: Antecedentes generales.

  1. El Organizador es una sociedad filial del grupo empresarial Chery Automobile, y es representante y distribuidor exclusivo en Chile de los vehículos marca Omoda (en adelante, indistintamente “Omoda” o la “Marca”).
  2. El Organizador, dentro de su plan de marketing, promoción y publicidad de los productos que distribuye y comercializa, desarrollará el presente Concurso para sortear entradas al festival Lollapalooza Chile 2025 (en adelante, “Lollapalooza” o el “Evento”).

SEGUNDO: Requisitos para concursar.

Podrán participar en el Concurso todas aquellas personas, que durante el Plazo de Vigencia den cumplimiento a lo establecido en la cláusula Sexta y Séptima, y cumplan con los siguientes requisitos copulativos (en adelante, los “Participantes”):

  1. Ser mayor de 18 años a la fecha de participar en el Concurso.
  2. Ser chileno, o tener residencia temporal o definitiva en el país.
  3. Los Participantes sólo pueden participar una vez.
  4. Tener una cuenta personal de Instagram, pública.
  5. Seguir en Instagram las cuentas @omoda.chile y @jaecoo.chile

TERCERO: Exclusiones

  1. No podrán participar en el Concurso, no obstante reunir los requisitos señalados en la cláusula anterior:
    1. Los trabajadores de Chery, Omoda & Jaecoo Motor SpA y demás sociedades del Holding Chery Automobile, sean estas sociedades matrices, filiales o coligadas, ni sus cónyuges y/o parientes por afinidad y consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de terceros.
    2. Los trabajadores de agencias o empresas externas que colaboren con el desarrollo del Concurso, ni las agencias publicitarias, ni sus cónyuges y/o parientes por afinidad y consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de terceros.
    3. Los Concesionarios que mantengan una relación comercial con el Organizador, sus directores, trabajadores, sus cónyuges y/o parientes por afinidad y consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de terceros.
  2. El Organizador se reserva el derecho de eliminar a cualquier Participante o ganador del Concurso que considere ha empleado métodos ilegítimos, o que cuente con la ayuda de terceros o sistemas tecnológicos para burlar los mecanismos y espíritus del presente Concurso.
  3. El Organizador se reserva el derecho a eliminar a cualquier Participante o ganador del Concurso que incumpla alguna de los términos y condiciones establecidos en las presentes Bases del Concurso.

CUARTO: Vigencia del Concurso

  1. El concurso estará vigente desde las 17:00 horas del 17 de febrero de 2025 hasta las 17:00 horas del 14 de marzo de 2025. (el “Plazo de Vigencia”).
  2. El plazo será fatal y, en consecuencia, con posterioridad a las fechas y horas mencionadas, no se admitirán más participaciones en el Concurso, aun cuando haya continuado exhibiéndose material publicitario del Concurso, sea en redes sociales, en páginas web u otro medio o plataforma de comunicación, audiovisual, escrito, digital, físico o en cualquier plataforma o soporte.
  3. El Organizador se reserva el derecho a modificar o extender el Plazo de Vigencia del Concurso, como asimismo a poner término anticipado al mismo, en cualquier momento, por motivo plausible, sin perjuicio de no estar obligado a expresarlo. En cualquiera de dichas situaciones, se informará oportunamente a los Participantes, a través de medios oficiales del Organizador, tales como su página web, redes sociales, o cualquier otro medio que determine el Organizador.

QUINTO: Territorio.

El Concurso tendrá aplicación en todo el territorio de Chile. 

SEXTO: Mecanismo de participación.

Para participar en el Concurso, los Participantes deberán realizar las siguientes actividades:

  1. Grabar un video con el filtro de Omoda & Jaecoo en la red social de Tik Tok @omodajaecoo.chile. El o los participantes que logren el menor tiempo en pasar todas las notas del filtro, estarán participando por 1 entrada doble para Lolla 2025
  2. Una vez que cada participante haya realizado el video en TIK TOK utilizando el filtro de Omoda & Jaecoo, este debe quedar en el perfil de TIK TOK de cada participante, para poder verificar el puntaje que obtuvo.
  3. Se puede participar todas las veces que se estime necesario, siempre y cuando se respete el hecho de que cada video debe quedar en el perfil del concursante, sin esto no podrán ser considerados para la elección de los 3 mejores puntajes, quienes serán los ganadores de 1 entrada doble para Lolla 2025.
  4. El Organizador velará por el cumplimiento de la ley, la moral y las buenas costumbres en el desarrollo del Concurso y la entrega del premio. Por ello, no se permitirá la publicación de comentarios que sean obscenos, violentos, inciten al odio o falten el respeto a personas, autoridades o instituciones.
  5. El Organizador se reserva el derecho de revisar y eliminar cualquier comentario que infrinja estas normas o, en su caso, descalificar al participante del Concurso.

SÉPTIMO: Proceso de selección del ganador

  1.  El 17 de marzo de 2025 se realizará la selección de los Participantes ganadores (6), quienes logren hacer el menor tiempo en el filtro de Tik Tok, esto será mediante un sorteo de forma aleatoria, de acuerdo con la herramienta que al efecto disponga el Organizador.
  2. El Organizador se contactará con los ganadores a través de un mensaje directo a través de la red social de Tik Tok.
    Asimismo, se publicarán los ganadores en los perfiles de Instagram @omoda.chile y @jaecoo.chile, sin perjuicio de poder publicarse en otros medios, plataformas, o redes sociales, en cualquier formato, sea digital, físico, escrito, audiovisual u otro.
  3. Una vez contactado el Participante ganador, este tendrá un plazo de 24 horas para responder, enviar copia de su cédula de identidad y suscribir el Acta de Recibo de Premio, cuyo formato se adjunta como Anexo N°1 a las presentes Bases de Concurso. En caso contrario, el Organizador podrá declarar desierto el Concurso, o realizar un nuevo proceso de selección de ganador.
  4. Una vez contactado y confirmado el Participante ganador, la entrega del premio se realizará en un plazo de 24 horas de forma digital previa coordinación con el Participante ganador.

OCTAVO: Premio.

  1. El Organizador ha dispuesto, para ser entregados por el presente Concurso un total de 12 entradas generales para el festival Lollapalooza Chile 2025. Cada ganador recibirá una entrada doble (es decir, dos entradas) para un día de festival (en adelante, los Premios). La distribución de los Premios será la siguiente:
    1. Se seleccionarán 2 ganadores, cada uno de los cuales recibirá 2 entradas generales para el Evento del día viernes 21 de marzo de 2025.
    2. Se seleccionarán 2 ganadores, cada uno de los cuales recibirá 2 entradas generales para el Evento del día sábado 22 de marzo de 2025.
    3. Se seleccionarán 2 ganadores, cada uno de los cuales recibirá 2 entradas generales para el Evento del día domingo 22 de marzo de 2025.
  2. Los Premios no podrán ser canjeados por el Participante ganador por dinero, ni ningún otro bien. Asimismo, se deja expresa constancia que los ganadores no podrán solicitar el cambio de la fecha de sus entradas asignadas de manera aleatoria por el organizador.
  3. El impuesto a la renta, así como cualquier otro impuesto, tasa, contribución, o cualquier tributo en general que se derivare del Premio para el ganador, será de su cargo y de su exclusiva responsabilidad, sin que corresponda al Organizador responsabilidad alguna en ello.
  4. La entrega de los Premios será efectuada única y exclusivamente al Participante que haya resultado ganador, y no podrá ni podrán ser cedidos a terceros.

NOVENO: Obligaciones del Participante.

  1. Los Participantes declaran y garantizan que la información, materiales, contenidos u observaciones que no sean de su propiedad y que sean ingresados con el fin de participar en este Concurso, no infringen los derechos de propiedad intelectual de terceros, no se refieren a datos personales de terceros y no infringen en general otra disposición legal. 
  2. El Participante que resulte ganador se obliga a aceptar el Premio en los términos indicados por el Organizador y a coordinar su entrega dentro del plazo que éste señale, debiendo cumplir con todas las obligaciones señaladas en las presentes Bases. Para ello, deberá proporcionar al Organizador toda la información y/o documentación que se estime necesaria, incluyendo, pero no limitado a, su nombre completo, RUT y/o copia de su cédula de identidad vigente.
  3. Será responsabilidad del ganador utilizar, aplicar y destinar el Premio que reciba al uso, goce y destino que naturalmente le corresponden.
  4. El ganador se obliga a participar sin costo alguno en las actividades publicitarias o promocionales que el Organizador estime pertinentes, en el marco y con ocasión de este Concurso, autorizando el uso de su nombre, imagen y/o voz para dichos fines, de conformidad con la legislación chilena y sin que ello implique la obligación de pago o contraprestación adicional.
  5. El Participante ganador no podrá efectuar declaraciones, realizar conductas o llevar a cabo acciones u omisiones que lesionen los intereses del Organizador, su reputación comercial y la de los productos que comercializa y distribuye, así como a sus directivos y trabajadores.
  6. La participación en el Concurso y la aceptación del Premio implica la renuncia expresa por parte del ganador a formular cualquier tipo de reclamo o acción en contra del Organizador por hechos relacionados con el festival Lollapalooza Chile 2025, debiendo dirigir cualquier solicitud o requerimiento a los organizadores del evento.

DÉCIMO:  Gastos y responsabilidades.

  1. El Organizador no se hace responsable de la pérdida, deterioro, o robo de los Premios objeto de estas bases.
  2. El Organizador no se hace responsable por los gastos asociados a la participación en el Concurso, tales como gastos de movilización, viajes, traslados, y todos sus trámites y gastos asociados, cualquiera sea su naturaleza o especie, siendo dichos gastos responsabilidad exclusiva del Participante o ganador.
  3. El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el ganador o terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación en el Concurso y/o con motivo o con ocasión del retiro de los Premios y/o utilización de estos.
  4. El Organizador cumple íntegramente con su obligación al entregar los Premios a los ganadores en los términos establecidos en estas Bases. En consecuencia, el Organizador no será responsable por la suspensión, modificación, reprogramación o cancelación del festival Lollapalooza Chile 2025, ni por cualquier cambio en las condiciones de acceso, organización, desarrollo o prestación de servicios del evento, los cuales son de exclusiva responsabilidad de los organizadores del festival.
  5. Asimismo, el Organizador no será responsable por accidentes, daños, pérdidas, robos, hurtos, problemas de acceso, fallas en la logística, cambios en la parrilla de artistas, restricciones sanitarias, condiciones climáticas adversas o cualquier otro hecho que ocurra durante el desarrollo del festival y que pueda afectar la experiencia del ganador y su acompañante.

UNDÉCIMO: Tratamiento de datos personales.

  1. Mediante la aceptación expresa de estas Bases, el Participante, en su calidad de titular de los datos personales que entrega al Organizador al inscribirse en el Concurso, consiente y autoriza expresamente al Organizador a realizar el tratamiento de dichos datos personales, conforme a la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada y demás normativa aplicable.
  2. El Organizador actúa sobre la base de que los datos entregados por los concursantes son veraces y han sido proporcionados de buena fe por el propio titular. En tal sentido, el Organizador no será responsable de cualquier infracción o consecuencia derivada de la ilicitud, ilegitimidad, alteración, mal uso, usurpación de identidad, fraude o sanción que pudiera resultar de la información que le haya sido entregada.
  3. Los titulares que resulten ganadores de este Concurso autorizan al Organizador a divulgar su nombre, fotografía y/o videos de su persona, ya sea publicando que han participado o que han obtenido el premio, siempre que ello se realice en el marco de la promoción de este Concurso y sin que ello implique pago o indemnización alguna.
  4. El Organizador podrá compartir los datos personales de los concursantes con empresas del grupo Chery Automobile y con terceros, con el objeto de realizar cruces de información con otras bases de datos y llevar a cabo acciones de marketing. Asimismo, el Organizador podrá usar los datos para:
    1. Comunicación de promociones, información de productos, beneficios, concursos, ofertas, eventos, actividades y otros bienes o servicios complementarios a través de medios tecnológicos.
    2. Envío de encuestas de satisfacción a través de medios tecnológicos.
    3. Envío de encuestas de estudio de mercado a través de medios tecnológicos.}
    4. Realización de algoritmos de similitud (lookalike) en Facebook, Google u otras plataformas digitales.
    5. Realización de análisis de consumo, preferencias y tendencias de mercado.
    6. Realización de análisis de clusterización, segmentación, agrupaciones y de machine learning.
    7. Envío de comunicaciones a través de medios tecnológicos para actualización de términos y condiciones.
    8. En general, realizar publicidad y prospección comercial.
  5. El Organizador mantendrá el registro de los datos personales recopilados en virtud de este Concurso, como respaldo de la realización del mismo.
  6. En el evento que los concursantes requieran información de sus datos personales, rectificarlos, o ejercer los demás derechos que contempla la Ley N°19.628, deberán contactarse con el Organizador mediante el envío de un correo electrónico a [email protected]

DUODÉCIMO: Modificación de las Bases.

El Organizador se reserva el derecho de modificar las presentes Bases, en cualquier momento, y sin necesidad de expresar causa. Las modificaciones que realice el Organizador surtirán efectos una vez publicadas o protocolizadas, sin perjuicio de que en el respectivo instrumento se indique una fecha distinta de entrada en vigor, que, en todo caso, no podrá ser anterior a su publicación o protocolización.

DÉCIMO TERCERO: Interpretación de las Bases.

El Organizador se reserva el derecho para interpretar y determinar el sentido y alcance de estas bases, en caso de dudas y/o conflictos que se suscitaren sobre su contenido y aplicación.

DÉCIMO CUARTO: Aceptación de las Bases.

  1. La participación en este Concurso requiere el conocimiento y aceptación de estas Bases. En consecuencia, las personas que participen en el Concurso, por el hecho de su sola participación, aceptan formalmente todas y cada una de las disposiciones establecidas en las presentes Bases.
  2. Las presentes Bases estarán disponibles, en todo momento, en www.omoda.cl y www.jaecoo.cl  En caso de sufrir modificaciones, se comunicará oportunamente a los Participantes y público general, y dichas modificaciones se publicarán y protocolizarán de igual manera.

DÉCIMO QUINTO: Autorización.

Los Participantes ganadores del Concurso, al aceptar las presentes Bases y suscribir el Acta de Recepción de Premio (Anexo N°1), autorizan expresa e irrevocablemente al Organizador para difundir su imagen y nombre, en el marco de las actividades de promoción, publicidad o marketing que éste realice. En virtud de lo anterior, el Organizador podrá comunicar su identidad, grabar, filmar y/o fotografiar a los ganadores, así como exhibir, reproducir y/o publicar dichas grabaciones, filmaciones o fotografías en redes sociales, sitios web o en cualquier otro medio o plataforma, ya sea audiovisual, escrito, digital o físico, sin que ello genere derecho a pago o indemnización alguna para los ganadores.

DÉCIMO SEXTO: Reserva de acciones.

El Organizador se reserva el derecho a iniciar las acciones legales que procedan frente a cualquier irregularidad que se pueda detectar, que se haya realizado en, o con ocasión del presente Concurso.

DÉCIMO SÉPTIMO: Ley aplicable y jurisdicción.

Toda relación que en virtud de este Concurso se genere entre cualquiera de los Participantes y el Organizador, se regirá con total sujeción a las leyes de la República de Chile y serán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa de los Participantes del Concurso a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

DÉCIMO OCTAVO: Consultas y reclamos.

Las consultas o reclamos que requieran presentar los Participantes, que se refieran al presente Concurso, deberán ser dirigidas al correo electrónico [email protected]

ANEXO N°1 DE BASES DE CONCURSO 

“_______________________” 

ACTA DE RECIBO DE PREMIO, RENUNCIA DE ACCIONES Y DERECHO A USO DE IMAGEN 

En ________________, a ___de ____________de __________.

____________________________, de nacionalidad _________________, mayor de edad, estado civil _______________, profesión u oficio_______________, cédula nacional de identidad N°_________ __, domiciliado en _________________________________, de la ciudad de ________________, declaro que:

  1. Tras haber leído, entendido y aceptado las bases del concurso, he participado en el concurso denominado “_________” (en adelante, el Concurso), desarrollado por CHERY, OMODA & JAECOO MOTOR SpA (en adelante, el Organizador”).
  2. He dado cumplimiento en todo momento, a todas las cargas, obligaciones, declaraciones, y en general a todas las disposiciones de las Bases del Concurso.
  3. El Organizador me contactó oportunamente para comunicarme el hecho de haber sido seleccionado ganador del Concurso.
  4. Cumplo con todas los requisitos para ser seleccionado ganador del Concurso, y me obligo expresamente a cumplir con las obligaciones que he asumido al aceptar las Bases del Concurso.
  5. Con fecha de hoy, he recibido de parte del Organizador, el siguiente premio:
    ________________, el cual declaro recibir a mi completa conformidad, sin tener reclamo alguno que formular al Organizador.
  6. Mediante el presente instrumento acepto y me comprometo a participar de las actividades, promociones, eventos, programas o difusión que el Organizador determine, prestando mi colaboración con el objeto de favorecer la difusión de la obtención del premio por los medios que el Organizador indique.
  7. Autorizo desde ya expresamente al Organizador, a utilizar la información recaudada mediante el Concurso y a difundir mi nombre e imágenes mediante la toma de fotografías y/o videos, vinculadas a mi participación en el Concurso, renunciando a recibir cualquier compensación, sea en dinero o en especie.
  8. Que acepto el Premio dada mi participación legítima en el Concurso, por lo que cualquier comprobación de que la información entregada por mi parte con motivo del Concurso fuera incorrecta o falsa, hará que el Premio sea devuelto al Organizador, junto con los daños y perjuicios que correspondan, aceptando que el Organizador. podrá seguir en mi contra todo tipo de acciones civiles, penales y administrativas que pudieran corresponder

De esta forma y habiendo recibido a entera satisfacción y conformidad el Premio antes señalado, vengo en renunciar expresa e irrevocablemente a toda acción, cualquiera sea su naturaleza, infraccional, civil o penal, que pudiere asistirme con motivo del Concurso, desarrollado por CHERY, OMODA & JAECOO MOTOR SpA.

Acredito mi identidad con la exhibición y entrega de una copia de mi Cédula de Identidad, el cual se entiende parte integrante del presente instrumento.

Firma: ____________________________

Nombre completo: ____________________________ 

Cédula de identidad: ____________________________ (adjuntar copia)

¿QUÉ ES LA GARANTÍA LEGAL?

La Garantía Legal es un derecho que tienen todos los propietarios de vehículos nuevos cuando el producto presenta defectos, le faltan piezas o partes, no es apto para el uso destinado, o persisten fallas incluso después de una reparación. En estos casos, y según lo establecido por la Ley
19.496, los consumidores pueden elegir una de las siguientes opciones:

1.- Reparación gratuita.
2.- Cambio del producto, previa restitución del vehículo.
3.- Devolución del dinero, previa restitución del vehículo.

IMPORTANTE: Para cualquiera de estas opciones,
primeramente el vehículo deberá ser evaluado por el servicio
técnico, a modo de confirmar que el origen de la situación
esté cubierto por la garantía y no sea atribuible a
negligencias y/o mal uso de parte del usuario

el vehículo sigue siendo inadecuado para su uso.
Defectos ocultos: Cuando el vehículo presenta vicios o
defectos que impiden su uso habitual.


¿CUÁNDO APLICA LA GARANTÍA LEGAL?

La Garantía Legal aplica en las siguientes situaciones:

Incumplimiento de normas de seguridad o calidad:
Cuando el producto no cumple con las especificaciones
exigidas.
Materiales o componentes incorrectos: Cuando las partes,
piezas o elementos del vehículo no coinciden con las
especificaciones o el etiquetado.
Deficiencias que afectan el uso: Cuando el vehículo, debido
a problemas de fabricación, materiales o calidad, no es apto
para el uso previsto o el señalado en la publicidad.
Incumplimiento de acuerdos: Cuando el proveedor y él
consumidor acuerdan especificaciones que el producto no
cumple.
Fallas recurrentes: Sí, tras la reparación por garantía,
persisten las mismas deficiencias, aparecen nuevas fallas o
el vehículo sigue siendo inadecuado para su uso.
Defectos ocultos: Cuando el vehículo presenta vicios o
defectos que impiden su uso habitual.

¿CUÁL ES EL PLAZO PARA EJERCER LA GARANTÍA LEGAL?

El plazo para hacer efectiva la Garantía Legal es de 6 meses
desde la fecha de recepción del vehículo y/o la fecha de
facturación.

¿CÓMO EJERCER LA GARANTÍA LEGAL?

Para ejercer este derecho, se requiere someter el vehículo a
una revisión o diagnóstico previo, que determinará el origen
de la falla. Para ello, los clientes deben contactar a
cualquiera de los servicios técnicos autorizados de la red
OMODA & JAECOO.

¿QUÉ CONDICIONES SE DEBEN CUMPLIR PARA EJERCER LA GARANTÍA LEGAL?

Para hacer válida la Garantía Legal, se deben cumplir las
siguientes condiciones:
Restitución del vehículo en buen estado: El vehículo debe
devolverse en condiciones adecuadas.
Origen de la falla: El desperfecto no debe ser atribuible al
consumidor. Algunos ejemplos de exclusiones son:
Uso de combustible contaminado o inadecuado (como
diésel en lugar de bencina).
Daños por choques no relacionados con defectos del
vehículo.
Incumplimiento de las instrucciones del Manual del
Propietario.
Alteraciones realizadas por servicios no autorizados o
modificaciones no permitidas.
Daños ocasionados por remolques incorrectos, acción
de terceros o eventos naturales (como sismos o
temporales).

¿TIENES MÁS DUDAS?

Si necesitas más información o tienes
consultas sobre la Garantía Legal, no dudes en
contactarte con cualquiera de nuestros
servicios técnicos autorizados.

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BASES  DE CONCURSO

“CANTA  POR ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”

En Santiago de Chile, a  de enero de 2025, CHERY OMODA & JAECOO MOTOR SpA, Rol Único Tributario N° 77.737.328-5, debidamente representado por representada por don Cheng Zhang, Pasaporte de la República Popular de China N° EK668598, y por don Jason Wang,  Pasaporte de la República Popular de China N° EL7754213, todos con domicilio en Alonso de Córdova 4355, Piso 5, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en adelante el “Organizador”, ha establecido las siguientes bases que regirán el concurso denominado “CANTA POR ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”, en adelante e indistintamente el “Concurso”. El concurso se regulará de acuerdo a los términos y condiciones establecidas en este documento, en adelante las “Bases”:

PRIMERO: Antecedentes generales.

  1. El Organizador es una sociedad filial del grupo empresarial Chery Automobile, y es representante y distribuidor exclusivo en Chile de los vehículos marca Omoda (en adelante, indistintamente “Omoda” o la “Marca”).
  2. El Organizador, dentro de su plan de marketing, promoción y publicidad de los productos que distribuye y comercializa, desarrollará el presente Concurso para sortear entradas al festival Lollapalooza Chile 2025 (en adelante, “Lollapalooza” o el “Evento”).

SEGUNDO: Requisitos para concursar.

Podrán participar en el Concurso todas aquellas personas, que durante el Plazo de Vigencia den cumplimiento a lo establecido en la cláusula Sexta y Séptima, y cumplan con los siguientes requisitos copulativos (en adelante, los “Participantes”):

  1. Ser mayor de 18 años a la fecha de participar en el Concurso.
  2. Ser chileno, o tener residencia temporal o definitiva en el país.
  3. Los Participantes sólo pueden participar una vez.
  4. Tener una cuenta personal de Instagram, pública.
  5. Seguir en Instagram las cuentas @omoda.chile y @jaecoo.chile

TERCERO: Exclusiones

  1. No podrán participar en el Concurso, no obstante reunir los requisitos señalados en la cláusula anterior:
    1. Los trabajadores de Chery, Omoda & Jaecoo Motor SpA y demás sociedades del Holding Chery Automobile, sean estas sociedades matrices, filiales o coligadas, ni sus cónyuges y/o parientes por afinidad y consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de terceros.
    2. Los trabajadores de agencias o empresas externas que colaboren con el desarrollo del Concurso, ni las agencias publicitarias, ni sus cónyuges y/o parientes por afinidad y consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de terceros.
    3. Los Concesionarios que mantengan una relación comercial con el Organizador, sus directores, trabajadores, sus cónyuges y/o parientes por afinidad y consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de terceros.
  2. El Organizador se reserva el derecho de eliminar a cualquier Participante o ganador del Concurso que considere ha empleado métodos ilegítimos, o que cuente con la ayuda de terceros o sistemas tecnológicos para burlar los mecanismos y espíritus del presente Concurso.
  3. El Organizador se reserva el derecho a eliminar a cualquier Participante o ganador del Concurso que incumpla alguna de los términos y condiciones establecidos en las presentes Bases del Concurso.

CUARTO: Vigencia del Concurso

  1. El concurso estará vigente desde las 17:00 horas del 07 de enero de 2025 hasta las 17:00 horas del 17 de marzo de 2025. (el “Plazo de Vigencia”).
  2. El plazo será fatal y, en consecuencia, con posterioridad a las fechas y horas mencionadas, no se admitirán más participaciones en el Concurso, aun cuando haya continuado exhibiéndose material publicitario del Concurso, sea en redes sociales, en páginas web u otro medio o plataforma de comunicación, audiovisual, escrito, digital, físico o en cualquier plataforma o soporte.
  3. El Organizador se reserva el derecho a modificar o extender el Plazo de Vigencia del Concurso, como asimismo a poner término anticipado al mismo, en cualquier momento, por motivo plausible, sin perjuicio de no estar obligado a expresarlo. En cualquiera de dichas situaciones, se informará oportunamente a los Participantes, a través de medios oficiales del Organizador, tales como su página web, redes sociales, o cualquier otro medio que determine el Organizador.

QUINTO: Territorio.

El Concurso tendrá aplicación en todo el territorio de Chile. 

SEXTO: Mecanismo de participación.

Para participar en el Concurso, los Participantes deberán realizar las siguientes actividades:

  1. Grabar un video con el filtro de Omoda & Jaecoo en la red social de Tik Tok @omodajaecoo.chile
  2. Publicar el video en el feed de Tik Tok el que deberá ser público, y etiquetar a la cuenta @omodajaecoo.chile
  3. El Organizador velará por el cumplimiento de la ley, la moral y las buenas costumbres en el desarrollo del Concurso y la entrega del premio. Por ello, no se permitirá la publicación de comentarios que sean obscenos, violentos, inciten al odio o falten el respeto a personas, autoridades o instituciones.
  4. El Organizador se reserva el derecho de revisar y eliminar cualquier comentario que infrinja estas normas o, en su caso, descalificar al participante del Concurso.

SÉPTIMO: Proceso de selección del ganador

  1.  El 17 de marzo de 2025 se realizará la selección de los Participantes ganadores (6), quienes logren hacer el menor tiempo en el filtro de Tik Tok, esto será mediante un sorteo de forma aleatoria, de acuerdo a la herramienta que al efecto disponga el Organizador.
  2. El Organizador se contactará con los ganadores a través de un mensaje directo a través de la red social de Tik Tok.
    Asimismo, se publicarán los ganadores en los perfiles de Instagram @omoda.chile y @jaecoo.chile, sin perjuicio de poder publicarse en otros medios, plataformas, o redes sociales, en cualquier formato, sea digital, físico, escrito, audiovisual u otro.
  3. Una vez contactado el Participante ganador, este tendrá un plazo de 24 horas para responder, enviar copia de su cédula de identidad y suscribir el Acta de Recibo de Premio, cuyo formato se adjunta como Anexo N°1 a las presentes Bases de Concurso. En caso contrario, el Organizador podrá declarar desierto el Concurso, o realizar un nuevo proceso de selección de ganador.
  1. Una vez contactado y confirmado el Participante ganador, la entrega del premio se realizará en un plazo de 24 horas de forma digital previa coordinación con el Participante ganador.

OCTAVO: Premio.

  1. El Organizador ha dispuesto, para ser entregados por el presente Concurso un total de 12 entradas generales para el festival Lollapalooza Chile 2025. Cada ganador recibirá una entrada doble (es decir, dos entradas) para un día de festival (en adelante, los Premios). La distribución de los Premios será la siguiente:
    1. Se seleccionarán 2 ganadores, cada uno de los cuales recibirá 2 entradas generales para el Evento del día viernes 21 de marzo de 2025.
    2. Se seleccionarán 2 ganadores, cada uno de los cuales recibirá 2 entradas generales para el Evento del día sábado 22 de marzo de 2025.
    3. Se seleccionarán 2 ganadores, cada uno de los cuales recibirá 2 entradas generales para el Evento del día domingo 22 de marzo de 2025.
  2. Los Premios no podrán ser canjeados por el Participante ganador por dinero, ni ningún otro bien. Asimismo, se deja expresa constancia que los ganadores no podrán solicitar el cambio de la fecha de sus entradas asignadas de manera aleatoria por el organizador.
  3. El impuesto a la renta, así como cualquier otro impuesto, tasa, contribución, o cualquier tributo en general que se derivare del Premio para el ganador, será de su cargo y de su exclusiva responsabilidad, sin que corresponda al Organizador responsabilidad alguna en ello.
  4. La entrega de los Premios será efectuada única y exclusivamente al Participante que haya resultado ganador, y no podrá ni podrán ser cedidos a terceros.

NOVENO: Obligaciones del Participante.

  1. Los Participantes declaran y garantizan que la información, materiales, contenidos u observaciones que no sean de su propiedad y que sean ingresados con el fin de participar en este Concurso, no infringen los derechos de propiedad intelectual de terceros, no se refieren a datos personales de terceros y no infringen en general otra disposición legal. 
  2. El Participante que resulte ganador se obliga a aceptar el Premio en los términos indicados por el Organizador y a coordinar su entrega dentro del plazo que éste señale, debiendo cumplir con todas las obligaciones señaladas en las presentes Bases. Para ello, deberá proporcionar al Organizador toda la información y/o documentación que se estime necesaria, incluyendo, pero no limitado a, su nombre completo, RUT y/o copia de su cédula de identidad vigente.
  3. Será responsabilidad del ganador utilizar, aplicar y destinar el Premio que reciba al uso, goce y destino que naturalmente le corresponden.
  4. El ganador se obliga a participar sin costo alguno en las actividades publicitarias o promocionales que el Organizador estime pertinentes, en el marco y con ocasión de este Concurso, autorizando el uso de su nombre, imagen y/o voz para dichos fines, de conformidad con la legislación chilena y sin que ello implique la obligación de pago o contraprestación adicional.
  5. El Participante ganador no podrá efectuar declaraciones, realizar conductas o llevar a cabo acciones u omisiones que lesionen los intereses del Organizador, su reputación comercial y la de los productos que comercializa y distribuye, así como a sus directivos y trabajadores.
  6. La participación en el Concurso y la aceptación del Premio implica la renuncia expresa por parte del ganador a formular cualquier tipo de reclamo o acción en contra del Organizador por hechos relacionados con el festival Lollapalooza Chile 2025, debiendo dirigir cualquier solicitud o requerimiento a los organizadores del evento.

DÉCIMO:  Gastos y responsabilidades.

  1. El Organizador no se hace responsable de la pérdida, deterioro, o robo de los Premios objeto de estas bases.
  2. El Organizador no se hace responsable por los gastos asociados a la participación en el Concurso, tales como gastos de movilización, viajes, traslados, y todos sus trámites y gastos asociados, cualquiera sea su naturaleza o especie, siendo dichos gastos responsabilidad exclusiva del Participante o ganador.
  3. El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el ganador o terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación en el Concurso y/o con motivo o con ocasión del retiro de los Premios y/o utilización de los mismos.
  4. El Organizador cumple íntegramente con su obligación al entregar los Premios a los ganadores en los términos establecidos en estas Bases. En consecuencia, el Organizador no será responsable por la suspensión, modificación, reprogramación o cancelación del festival Lollapalooza Chile 2025, ni por cualquier cambio en las condiciones de acceso, organización, desarrollo o prestación de servicios del evento, los cuales son de exclusiva responsabilidad de los organizadores del festival.
  5. Asimismo, el Organizador no será responsable por accidentes, daños, pérdidas, robos, hurtos, problemas de acceso, fallas en la logística, cambios en la parrilla de artistas, restricciones sanitarias, condiciones climáticas adversas o cualquier otro hecho que ocurra durante el desarrollo del festival y que pueda afectar la experiencia del ganador y su acompañante.

UNDÉCIMO: Tratamiento de datos personales.

  1. Mediante la aceptación expresa de estas Bases, el Participante, en su calidad de titular de los datos personales que entrega al Organizador al inscribirse en el Concurso, consiente y autoriza expresamente al Organizador a realizar el tratamiento de dichos datos personales, conforme a la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada y demás normativa aplicable.
  2. El Organizador actúa sobre la base de que los datos entregados por los concursantes son veraces y han sido proporcionados de buena fe por el propio titular. En tal sentido, el Organizador no será responsable de cualquier infracción o consecuencia derivada de la ilicitud, ilegitimidad, alteración, mal uso, usurpación de identidad, fraude o sanción que pudiera resultar de la información que le haya sido entregada.
  3. Los titulares que resulten ganadores de este Concurso autorizan al Organizador a divulgar su nombre, fotografía y/o videos de su persona, ya sea publicando que han participado o que han obtenido el premio, siempre que ello se realice en el marco de la promoción de este Concurso y sin que ello implique pago o indemnización alguna.
  4. El Organizador podrá compartir los datos personales de los concursantes con empresas del grupo Chery Automobile y con terceros, con el objeto de realizar cruces de información con otras bases de datos y llevar a cabo acciones de marketing. Asimismo, el Organizador podrá usar los datos para:
    1. Comunicación de promociones, información de productos, beneficios, concursos, ofertas, eventos, actividades y otros bienes o servicios complementarios a través de medios tecnológicos.
    2. Envío de encuestas de satisfacción a través de medios tecnológicos.
    3. Envío de encuestas de estudio de mercado a través de medios tecnológicos.}
    4. Realización de algoritmos de similitud (lookalike) en Facebook, Google u otras plataformas digitales.
    5. Realización de análisis de consumo, preferencias y tendencias de mercado.
    6. Realización de análisis de clusterización, segmentación, agrupaciones y de machine learning.
    7. Envío de comunicaciones a través de medios tecnológicos para actualización de términos y condiciones.
    8. En general, realizar publicidad y prospección comercial.
  5. El Organizador mantendrá el registro de los datos personales recopilados en virtud de este Concurso, como respaldo de la realización del mismo.
  6. En el evento que los concursantes requieran información de sus datos personales, rectificarlos, o ejercer los demás derechos que contempla la Ley N°19.628, deberán contactarse con el Organizador mediante el envío de un correo electrónico a __@____. 

DUODÉCIMO: Modificación de las Bases.

El Organizador se reserva el derecho de modificar las presentes Bases, en cualquier momento, y sin necesidad de expresar causa. Las modificaciones que realice el Organizador surtirán efectos una vez publicadas o protocolizadas, sin perjuicio de que en el respectivo instrumento se indique una fecha distinta de entrada en vigencia, que, en todo caso, no podrá ser anterior a su publicación o protocolización.

DÉCIMO TERCERO: Interpretación de las Bases.

El Organizador se reserva el derecho para interpretar y determinar el sentido y alcance de estas bases, en caso de dudas y/o conflictos que se suscitaren sobre su contenido y aplicación.

DÉCIMO CUARTO: Aceptación de las Bases.

  1. La participación en este Concurso requiere el conocimiento y aceptación de estas Bases. En consecuencia, las personas que participen en el Concurso, por el hecho de su sola participación, aceptan formalmente todas y cada una de las disposiciones establecidas en las presentes Bases.
  2. Las presentes Bases estarán disponibles, en todo momento, en ______, y se encuentran protocolizadas en la ___ Notaría de Santiago de don ______. En caso de sufrir modificaciones, se comunicará oportunamente a los Participantes y público genera, y dichas modificaciones se publicarán y protocolizarán de igual manera.

DÉCIMO QUINTO: Autorización.

Los Participantes ganadores del Concurso, al aceptar las presentes Bases y suscribir el Acta de Recepción de Premio (Anexo N°1), autorizan expresamente e irrevocablemente al Organizador para difundir su imagen y nombre, en el marco de las actividades de promoción, publicidad o marketing que éste realice. En virtud de lo anterior, el Organizador podrá comunicar su identidad, grabar, filmar y/o fotografiar a los ganadores, así como exhibir, reproducir y/o publicar dichas grabaciones, filmaciones o fotografías en redes sociales, sitios web o en cualquier otro medio o plataforma, ya sea audiovisual, escrito, digital o físico, sin que ello genere derecho a pago o indemnización alguna para los ganadores.

DÉCIMO SEXTO: Reserva de acciones.

El Organizador se reserva el derecho a iniciar las acciones legales que procedan frente a cualquier irregularidad que se pueda detectar, que se haya realizado en, o con ocasión del presente Concurso.

DÉCIMO SÉPTIMO: Ley aplicable y jurisdicción.

Toda relación que en virtud de este Concurso se genere entre cualquiera de los Participantes y el Organizador, se regirá con total sujeción a las leyes de la República de Chile y serán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa de los Participantes del Concurso a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

DÉCIMO OCTAVO: Consultas y reclamos.

Las consultas o reclamos que requieran presentar los Participantes, que se refieran al presente Concurso, deberán ser dirigidas al correo electrónico [email protected]

ANEXO N°1 DE BASES DE CONCURSO 

“_______________________” 

ACTA DE RECIBO DE PREMIO, RENUNCIA DE ACCIONES Y DERECHO A USO DE IMAGEN 

En ________________, a ___de ____________de __________.

____________________________, de nacionalidad _________________, mayor de edad, estado civil _______________, profesión u oficio_______________, cédula nacional de identidad N°_________ __, domiciliado en _________________________________, de la ciudad de ________________, declaro que:

  1. Tras haber leído, entendido y aceptado las bases del concurso, he participado en el concurso denominado “_________” (en adelante, el Concurso), desarrollado por CHERY, OMODA & JAECOO MOTOR SpA (en adelante, el Organizador”).
  2. He dado cumplimiento en todo momento, a todas las cargas, obligaciones, declaraciones, y en general a todas las disposiciones de las Bases del Concurso.
  3. El Organizador me contactó oportunamente para comunicarme el hecho de haber sido seleccionado ganador del Concurso.
  4. Cumplo con todas los requisitos para ser seleccionado ganador del Concurso, y me obligo expresamente a cumplir con las obligaciones que he asumido al aceptar las Bases del Concurso.
  5. Con fecha de hoy, he recibido de parte del Organizador, el siguiente premio: ________________, el cual declaro recibir a mi completa conformidad, sin tener reclamo alguno que formular al Organizador.
  6. Mediante el presente instrumento acepto y me comprometo a participar de las actividades, promociones, eventos, programas o difusión que el Organizador determine, prestando mi colaboración con el objeto de favorecer la difusión de la obtención del premio por los medios que el Organizador indique.
  7. Autorizo desde ya expresamente al Organizador, a utilizar la información recaudada mediante el Concurso y a difundir mi nombre e imágenes mediante la toma de fotografías y/o videos, vinculadas a mi participación en el Concurso, renunciando a recibir cualquier compensación, sea en dinero o en especie.
  8. Que acepto el Premio dada mi participación legítima en el Concurso, por lo que cualquier comprobación de que la información entregada por mi parte con motivo del Concurso fuera incorrecta o falsa, hará que el Premio sea devuelto al Organizador, junto con los daños y perjuicios que correspondan, aceptando que el Organizador. podrá seguir en mi contra todo tipo de acciones civiles, penales y administrativas que pudieran corresponder

De esta forma y habiendo recibido a entera satisfacción y conformidad el Premio antes señalado, vengo en renunciar expresa e irrevocablemente a toda acción, cualquiera sea su naturaleza, infraccional, civil o penal, que pudiere asistirme con motivo del Concurso, desarrollado por CHERY, OMODA & JAECOO MOTOR SpA.

Acredito mi identidad con la exhibición y entrega de una copia de mi Cédula de Identidad, el cual se entiende parte integrante del presente instrumento.

Firma: ____________________________

Nombre completo: ____________________________ 

Cédula de identidad: ____________________________ (adjuntar copia)

BASES DE CONCURSO 

“GANA ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE” 

 

En Santiago de Chile, a 30 de enero de 2025, CHERY OMODA & JAECOO MOTOR SpA, Rol  Único Tributario N° 77.737.328-5, debidamente representado por representada por don Cheng  Zhang, Pasaporte de la República Popular de China N° EK668598, y por don Jason  Wang, Pasaporte de la República Popular de China N° EL7754213, todos con domicilio en  Alonso de Córdova 4355, Piso 5, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en adelante el  “Organizador”, ha establecido las siguientes bases que regirán el concurso denominado  “GANA ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”, en adelante  e indistintamente el “Concurso”. El concurso se regulará de acuerdo a los términos y  condiciones establecidas en este documento, en adelante las “Bases”: 

PRIMERO: Antecedentes generales. 

  1. El Organizador es una sociedad filial del grupo empresarial Chery Automobile, y es representante y distribuidor exclusivo en Chile de los vehículos marca Omoda (en  adelante, indistintamente “Omoda” o la “Marca”). 
  2. El Organizador, dentro de su plan de marketing, promoción y publicidad de los  productos que distribuye y comercializa, desarrollará el presente Concurso para  sortear entradas al festival Lollapalooza Chile 2025 (en adelante, “Lollapalooza” o el  “Evento”). 

SEGUNDO: Requisitos para concursar. 

Podrán participar en el Concurso todas aquellas personas, que durante el Plazo de Vigencia  den cumplimiento a lo establecido en la cláusula Sexta y Séptima, y cumplan con los  siguientes requisitos copulativos (en adelante, los “Participantes”): 

  1. Ser mayor de 18 años a la fecha de participar en el Concurso. 
  2. Ser chileno, o tener residencia temporal o definitiva en el país. 
  3. Los Participantes sólo pueden participar una vez. 
  4. Ser dueño de un vehículo Omoda o Jaecoo (usado o nuevo) 
  5. Tener una cuenta personal de Instagram, pública. 
  6. Seguir en Instagram las cuentas @omoda.chile y @jaecoo.chile 

TERCERO: Exclusiones 

  1. No podrán participar en el Concurso, no obstante reunir los requisitos señalados en la  cláusula anterior: 
  2. Los trabajadores de Chery, Omoda & Jaecoo Motor SpA y demás sociedades  del Holding Chery Automobile, sean estas sociedades matrices, filiales o 

coligadas, ni sus cónyuges y/o parientes por afinidad y consanguinidad en toda  la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo  hagan en nombre propio y/o de terceros. 

  1. Los trabajadores de agencias o empresas externas que colaboren con el  desarrollo del Concurso, ni las agencias publicitarias, ni sus cónyuges y/o  parientes por afinidad y consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta  el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de  terceros. 
  2. Los Concesionarios que mantengan una relación comercial con el Organizador,  sus directores, trabajadores, sus cónyuges y/o parientes por afinidad y  consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de terceros. 
  3. El Organizador se reserva el derecho de eliminar a cualquier Participante o ganador del  Concurso que considere ha empleado métodos ilegítimos, o que cuente con la ayuda  de terceros o sistemas tecnológicos para burlar los mecanismos y espíritus del  presente Concurso. 
  4. El Organizador se reserva el derecho a eliminar a cualquier Participante o ganador del  Concurso que incumpla alguna de los términos y condiciones establecidos en las  presentes Bases del Concurso. 

CUARTO: Vigencia del Concurso 

  1. El concurso estará vigente desde las 18:00 horas del 30 de enero de 2025 hasta las  17:00 horas del 17 de febrero de 2025. (el “Plazo de Vigencia”). 
  2. El plazo será fatal y, en consecuencia, con posterioridad a las fechas y horas  mencionadas, no se admitirán más participaciones en el Concurso, aun cuando haya  continuado exhibiéndose material publicitario del Concurso, sea en redes sociales, en  páginas web u otro medio o plataforma de comunicación, audiovisual, escrito, digital,  físico o en cualquier plataforma o soporte. 
  3. El Organizador se reserva el derecho a modificar o extender el Plazo de Vigencia del  Concurso, como asimismo a poner término anticipado al mismo, en cualquier  momento, por motivo plausible, sin perjuicio de no estar obligado a expresarlo. En  cualquiera de dichas situaciones, se informará oportunamente a los Participantes, a  través de medios oficiales del Organizador, tales como su página web, redes sociales,  o cualquier otro medio que determine el Organizador. 

QUINTO: Territorio. 

El Concurso tendrá aplicación en todo el territorio de Chile.  

SEXTO: Mecanismo de participación. 

Para participar en el Concurso, los Participantes deberán realizar las siguientes actividades:

  1. Grabar un video donde aparezcan junto a su vehículo marca OMODA o JAECOO,  escuchando a su artista favorito de aquellos que participarán en el festival Lollapalooza  2025. 
  2. Publicar el video en su perfil de Instagram, que deberá ser público, y etiquetar a las  cuentas @omoda.chile y @jaecoo.chile. 
  3. Enviar un “Direct” o mensaje directo a cualquiera de las cuentas de Instagram antes  indicadas, señalando: 
  4. Que aceptan las presentes Bases del Concurso. 
  5. Nombre completo 
  6. N° de Cédula de identidad 
  7. N° de padrón del vehículo 
  8. Correo electrónico 
  9. N° de teléfono 
  10. Cuenta de Instagram. 
  11. El Organizador velará por el cumplimiento de la ley, la moral y las buenas costumbres  en el desarrollo del Concurso y la entrega del premio. Por ello, no se permitirá la  publicación de comentarios que sean obscenos, violentos, inciten al odio o falten el  respeto a personas, autoridades o instituciones. 
  12. El Organizador se reserva el derecho de revisar y eliminar cualquier comentario que  infrinja estas normas o, en su caso, descalificar al participante del Concurso. 

SÉPTIMO: Proceso de selección del ganador 

  1. El 17 de febrero de 2025 se realizará la selección de los Participantes ganadores,  mediante un sorteo de forma aleatoria, de acuerdo a la herramienta que al efecto  disponga el Organizador. 
  2. El Organizador se contactará con los ganadores a través de alguno (cualquiera) de los  medios de contacto proporcionados por estos al participar en el Concurso. Asimismo, se publicarán los ganadores en los perfiles de Instagram @omoda.chile y  @jaecoo.chile, sin perjuicio de poder publicarse en otros medios, plataformas, o redes  sociales, en cualquier formato, sea digital, físico, escrito, audiovisual u otro. 
  3. Una vez contactado el Participante ganador, este tendrá un plazo de 24 horas para  responder, enviar copia de su cédula de identidad y suscribir el Acta de Recibo de  Premio, cuyo formato se adjunta como Anexo N°1 a las presentes Bases de Concurso. En caso contrario, el Organizador podrá declarar desierto el Concurso, o realizar un  nuevo proceso de selección de ganador. 
  4. Una vez contactado y confirmado el Participante ganador, la entrega del premio se  realizará en un plazo de 24 horas de forma digital previa coordinación con el  Participante ganador. 

OCTAVO: Premio. 

  1. El Organizador ha dispuesto, para ser entregados por el presente Concurso un total de 12 entradas generales para el festival Lollapalooza Chile 2025. Cada ganador recibirá 

una entrada doble (es decir, dos entradas) para un día de festival (en adelante, los  Premios). La distribución de los Premios será la siguiente: 

  1. Se seleccionarán 2 ganadores, cada uno de los cuales recibirá 2 entradas  generales para el Evento del día viernes 21 de marzo de 2025. 
  2. Se seleccionarán 2 ganadores, cada uno de los cuales recibirá 2 entradas  generales para el Evento del día sábado 22 de marzo de 2025. 
  3. Se seleccionarán 2 ganadores, cada uno de los cuales recibirá 2 entradas  generales para el Evento del día domingo 22 de marzo de 2025. 
  4. Los Premios no podrán ser canjeados por el Participante ganador por dinero, ni ningún  otro bien. Asimismo, se deja expresa constancia que los ganadores no podrán solicitar  el cambio de la fecha de sus entradas. 
  5. El impuesto a la renta, así como cualquier otro impuesto, tasa, contribución, o  cualquier tributo en general que se derivare del Premio para el ganador, será de su cargo  y de su exclusiva responsabilidad, sin que corresponda al Organizador responsabilidad  alguna en ello. 
  6. La entrega de los Premios será efectuada única y exclusivamente al Participante que  haya resultado ganador, y no podrá ni podrán ser cedidos a terceros. 

NOVENO: Obligaciones del Participante. 

  1. Los Participantes declaran y garantizan que la información, materiales, contenidos u  observaciones que no sean de su propiedad y que sean ingresados con el fin de  participar en este Concurso, no infringen los derechos de propiedad intelectual de  terceros, no se refieren a datos personales de terceros y no infringen en general otra  disposición legal.  
  2. El Participante que resulte ganador se obliga a aceptar el Premio en los términos  indicados por el Organizador y a coordinar su entrega dentro del plazo que éste señale,  debiendo cumplir con todas las obligaciones señaladas en las presentes Bases. Para  ello, deberá proporcionar al Organizador toda la información y/o documentación que  se estime necesaria, incluyendo, pero no limitado a, su nombre completo, RUT y/o  copia de su cédula de identidad vigente. 
  3. Será responsabilidad del ganador utilizar, aplicar y destinar el Premio que reciba al uso,  goce y destino que naturalmente le corresponden. 
  4. El ganador se obliga a participar sin costo alguno en las actividades publicitarias o  promocionales que el Organizador estime pertinentes, en el marco y con ocasión de  este Concurso, autorizando el uso de su nombre, imagen y/o voz para dichos fines, de  conformidad con la legislación chilena y sin que ello implique la obligación de pago o  contraprestación adicional. 
  5. El Participante ganador no podrá efectuar declaraciones, realizar conductas o llevar a  cabo acciones u omisiones que lesionen los intereses del Organizador, su reputación  comercial y la de los productos que comercializa y distribuye, así como a sus directivos  y trabajadores. 
  6. La participación en el Concurso y la aceptación del Premio implica la renuncia expresa  por parte del ganador a formular cualquier tipo de reclamo o acción en contra del 

Organizador por hechos relacionados con el festival Lollapalooza Chile 2025, debiendo  dirigir cualquier solicitud o requerimiento a los organizadores del evento. 

DÉCIMO: Gastos y responsabilidades. 

  1. El Organizador no se hace responsable de la pérdida, deterioro, o robo de los Premios  objeto de estas bases. 
  2. El Organizador no se hace responsable por los gastos asociados a la participación en  el Concurso, tales como gastos de movilización, viajes, traslados, y todos sus trámites  y gastos asociados, cualquiera sea su naturaleza o especie, siendo dichos gastos  responsabilidad exclusiva del Participante o ganador. 
  3. El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el  ganador o terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la  participación en el Concurso y/o con motivo o con ocasión del retiro de los Premios y/o  utilización de los mismos. 
  4. El Organizador cumple íntegramente con su obligación al entregar los Premios a los  ganadores en los términos establecidos en estas Bases. En consecuencia, el  Organizador no será responsable por la suspensión, modificación, reprogramación o  cancelación del festival Lollapalooza Chile 2025, ni por cualquier cambio en las  condiciones de acceso, organización, desarrollo o prestación de servicios del evento,  los cuales son de exclusiva responsabilidad de los organizadores del festival. 
  5. Asimismo, el Organizador no será responsable por accidentes, daños, pérdidas, robos,  hurtos, problemas de acceso, fallas en la logística, cambios en la parrilla de artistas,  restricciones sanitarias, condiciones climáticas adversas o cualquier otro hecho que  ocurra durante el desarrollo del festival y que pueda afectar la experiencia del ganador  y su acompañante. 

UNDÉCIMO: Tratamiento de datos personales. 

  1. Mediante la aceptación expresa de estas Bases, el Participante, en su calidad de titular  de los datos personales que entrega al Organizador al inscribirse en el Concurso,  consiente y autoriza expresamente al Organizador a realizar el tratamiento de dichos  datos personales, conforme a la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada y  demás normativa aplicable. 
  2. El Organizador actúa sobre la base de que los datos entregados por los concursantes  son veraces y han sido proporcionados de buena fe por el propio titular. En tal sentido,  el Organizador no será responsable de cualquier infracción o consecuencia derivada  de la ilicitud, ilegitimidad, alteración, mal uso, usurpación de identidad, fraude o  sanción que pudiera resultar de la información que le haya sido entregada. 
  3. Los titulares que resulten ganadores de este Concurso autorizan al Organizador a  divulgar su nombre, fotografía y/o videos de su persona, ya sea publicando que han  participado o que han obtenido el premio, siempre que ello se realice en el marco de la  promoción de este Concurso y sin que ello implique pago o indemnización alguna. 
  4. El Organizador podrá compartir los datos personales de los concursantes con  empresas del grupo Chery Automobile y con terceros, con el objeto de realizar cruces 

de información con otras bases de datos y llevar a cabo acciones de marketing.  Asimismo, el Organizador podrá usar los datos para: 

  1. Comunicación de promociones, información de productos, beneficios,  concursos, ofertas, eventos, actividades y otros bienes o servicios  complementarios a través de medios tecnológicos. 
  2. Envío de encuestas de satisfacción a través de medios tecnológicos. c. Envío de encuestas de estudio de mercado a través de medios tecnológicos.} d. Realización de algoritmos de similitud (lookalike) en Facebook, Google u otras  plataformas digitales. 
  3. Realización de análisis de consumo, preferencias y tendencias de mercado. f. Realización de análisis de clusterización, segmentación, agrupaciones y de  machine learning. 
  4. Envío de comunicaciones a través de medios tecnológicos para actualización  de términos y condiciones. 
  5. En general, realizar publicidad y prospección comercial. 
  6. El Organizador mantendrá el registro de los datos personales recopilados en virtud de  este Concurso, como respaldo de la realización del mismo. 
  7. En el evento que los concursantes requieran información de sus datos personales,  rectificarlos, o ejercer los demás derechos que contempla la Ley N°19.628, deberán  contactarse con el Organizador mediante el envío de un correo electrónico a __@____.  

DUODÉCIMO: Modificación de las Bases. 

El Organizador se reserva el derecho de modificar las presentes Bases, en cualquier momento,  y sin necesidad de expresar causa. Las modificaciones que realice el Organizador surtirán  efectos una vez publicadas o protocolizadas, sin perjuicio de que en el respectivo instrumento  se indique una fecha distinta de entrada en vigencia, que, en todo caso, no podrá ser anterior  a su publicación o protocolización. 

DÉCIMO TERCERO: Interpretación de las Bases. 

El Organizador se reserva el derecho para interpretar y determinar el sentido y alcance de estas  bases, en caso de dudas y/o conflictos que se suscitaren sobre su contenido y aplicación. 

DÉCIMO CUARTO: Aceptación de las Bases. 

  1. La participación en este Concurso requiere el conocimiento y aceptación de estas  Bases. En consecuencia, las personas que participen en el Concurso, por el hecho de  su sola participación, aceptan formalmente todas y cada una de las disposiciones  establecidas en las presentes Bases. 
  2. Las presentes Bases estarán disponibles, en todo momento, en ______, y se encuentran  protocolizadas en la ___ Notaría de Santiago de don ______. En caso de sufrir  modificaciones, se comunicará oportunamente a los Participantes y público genera, y  dichas modificaciones se publicarán y protocolizarán de igual manera.

DÉCIMO QUINTO: Autorización. 

Los Participantes ganadores del Concurso, al aceptar las presentes Bases y suscribir el Acta  de Recepción de Premio (Anexo N°1), autorizan expresamente e irrevocablemente al  Organizador para difundir su imagen y nombre, en el marco de las actividades de promoción,  publicidad o marketing que éste realice. En virtud de lo anterior, el Organizador podrá  comunicar su identidad, grabar, filmar y/o fotografiar a los ganadores, así como exhibir,  reproducir y/o publicar dichas grabaciones, filmaciones o fotografías en redes sociales, sitios  web o en cualquier otro medio o plataforma, ya sea audiovisual, escrito, digital o físico, sin que  ello genere derecho a pago o indemnización alguna para los ganadores. 

DÉCIMO SEXTO: Reserva de acciones. 

El Organizador se reserva el derecho a iniciar las acciones legales que procedan frente a  cualquier irregularidad que se pueda detectar, que se haya realizado en, o con ocasión del  presente Concurso. 

DÉCIMO SÉPTIMO: Ley aplicable y jurisdicción. 

Toda relación que en virtud de este Concurso se genere entre cualquiera de los Participantes y  el Organizador, se regirá con total sujeción a las leyes de la República de Chile y serán  competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal los Tribunales  Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago, cualquiera sea la causa de la acción o el  reclamo, con renuncia expresa de los Participantes del Concurso a cualquier otra jurisdicción  que pudiera corresponderles. 

DÉCIMO OCTAVO: Consultas y reclamos. 

Las consultas o reclamos que requieran presentar los Participantes, que se refieran al presente  Concurso, deberán ser dirigidas al correo electrónico [email protected]

ANEXO N°1 DE BASES DE CONCURSO 

“_______________________” 

ACTA DE RECIBO DE PREMIO, RENUNCIA DE ACCIONES Y DERECHO A USO DE IMAGEN 

En ________________, a ___de ____________de __________. 

____________________________, de nacionalidad _________________, mayor de edad, estado civil  _______________, profesión u oficio_______________, cédula nacional de identidad N°_________  __, domiciliado en _________________________________, de la ciudad de ________________,  declaro que: 

  1. Tras haber leído, entendido y aceptado las bases del concurso, he participado en el  concurso denominado “_________” (en adelante, el Concurso), desarrollado por  CHERY, OMODA & JAECOO MOTOR SpA (en adelante, el Organizador”). 
  2. He dado cumplimiento en todo momento, a todas las cargas, obligaciones,  declaraciones, y en general a todas las disposiciones de las Bases del Concurso. 
  3. El Organizador me contactó oportunamente para comunicarme el hecho de haber sido  seleccionado ganador del Concurso. 
  4. Cumplo con todas los requisitos para ser seleccionado ganador del Concurso, y me  obligo expresamente a cumplir con las obligaciones que he asumido al aceptar las  Bases del Concurso. 
  5. Con fecha de hoy, he recibido de parte del Organizador, el siguiente premio: ________________, el cual declaro recibir a mi completa conformidad, sin tener reclamo  alguno que formular al Organizador. 
  6. Mediante el presente instrumento acepto y me comprometo a participar de las  actividades, promociones, eventos, programas o difusión que el Organizador determine, prestando mi colaboración con el objeto de favorecer la difusión de la  obtención del premio por los medios que el Organizador indique. 
  7. Autorizo desde ya expresamente al Organizador, a utilizar la información recaudada  mediante el Concurso y a difundir mi nombre e imágenes mediante la toma de  fotografías y/o videos, vinculadas a mi participación en el Concurso, renunciando a  recibir cualquier compensación, sea en dinero o en especie. 
  8. Que acepto el Premio dada mi participación legítima en el Concurso, por lo que  cualquier comprobación de que la información entregada por mi parte con motivo del  Concurso fuera incorrecta o falsa, hará que el Premio sea devuelto al Organizador, 

junto con los daños y perjuicios que correspondan, aceptando que el Organizador.  podrá seguir en mi contra todo tipo de acciones civiles, penales y administrativas que  pudieran corresponder 

De esta forma y habiendo recibido a entera satisfacción y conformidad el Premio antes  señalado, vengo en renunciar expresa e irrevocablemente a toda acción, cualquiera sea su  naturaleza, infraccional, civil o penal, que pudiere asistirme con motivo del Concurso, desarrollado por CHERY, OMODA & JAECOO MOTOR SpA. 

Acredito mi identidad con la exhibición y entrega de una copia de mi Cédula de Identidad, el  cual se entiende parte integrante del presente instrumento. 

Firma: ____________________________ 

Nombre completo: ____________________________  

Cédula de identidad: ____________________________ (adjuntar copia)

BASES DEL CONCURSO “GANA ENTRADAS DOBLES PARA EXPERIENCIA E CON OMODA&JAECOO

 

En Santiago de Chile, a 23 de octubre de 2024, CHERY OMODA&JAECOO MOTOR SpA, Rol Único Tributario N° 77.737.328-5, representada por don Cheng Zhang, Pasaporte de la República Popular de China N° EK668598, ambos domiciliados para estos efectos en Alonso de Córdova 4.355, Piso 5, Torre A, comuna de Vitacura, Región Metropolitana (en adelante el “Organizador”), en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 de la ley 19.496 sobre Derechos de los Consumidores ha dispuesto el siguiente concurso de acuerdo a las bases que se establecen a continuación:

PRIMERO: OBJETO.

  • CHERY OMODA&JAECOO MOTOR SpA, representante de las marcas OMODA y JAECOO en Chile, ha organizado un concurso denominado “GANA ENTRADAS DOBLES PARA EXPERIENCIA E CON OMODA&JAECOO”, concurso a desarrollarse desde el día 24 de octubre de 2024 hasta el día 4 de noviembre de 2024, ambos días inclusive, mediante el cual se sortearán entradas para el evento “Experiencia E” a efectuarse los días 7, 8, 9 y 10 de noviembre de 2024, en Espacio Riesco (en adelante el “Evento”).
  • Se premiará a treinta (30) ganadores con una entrada doble para asistir al Evento, cuyos términos y condiciones se detallan a continuación.
 

SEGUNDO: PARTICIPANTES.

  • Podrán participar exclusivamente quienes cumplan copulativamente las siguientes condiciones (en adelante el “Participante” o los “Participantes”):
  1. Comentar la publicación de este concurso publicado en los perfiles @omoda.chile y @jaecoo.chile de Instagram y Facebook con un emoji “verde” (ejemplos: 💚 🌿 🪀 ♻ 🦜).
  2. Etiquetar a un amigo en la misma publicación.
  • Seguir a los perfiles @omoda.chile y @jaecoo.chile en todas sus redes sociales (Facebook, Instagram, Youtube y TikTok).
  • Los Participantes sólo podrán participar una vez, sin perjuicio de que hayan comentado más de una vez la publicación señalada en la cláusula 2.1.i.
  • El Organizador se rige por una serie de reglas acordes con la ley, la moral y las buenas costumbres, de forma tal que no permitirá que en dicho concurso se efectúen comentarios obscenos, con contenido violento o que incitación al odio o a la violencia, falten el respeto a las personas, autoridades e instituciones, sean contrarios a la ley, a la moral o las buenas costumbres. En consecuencia, cada comentario realizado por los Participantes podrá ser revisado y evaluado discrecionalmente por el Organizador considerando la prohibición anterior, de manera que luego de haberlo compartido, podría ser eliminado o bien no ser considerado para el sorteo si no cumple con los requisitos antes referidos.
  • Por la sola circunstancia de participar se entiende que los Participantes autorizan y ceden a título gratuito al Organizador, la totalidad de sus derechos de autor, pudiendo este ser divulgado posteriormente, por todos los medios que el Organizador estime pertinentes mencionando al autor, en medios tales como fotografías o videos, sin que por ello se devenguen pagos o compensaciones de ninguna especie a su autor. Las fotos, videos, comentarios o cualquier otra divulgación pública de los Participantes relativo a la participación en el concurso podrán permanecer publicados en redes sociales u otros medios públicos durante todo el período de vigencia del concurso e incluso con posterioridad, a criterio del Organizador. En todo caso, el Organizador se reserva el derecho de retirar cualquier comentario a su criterio exclusivo.
  • Todos los Participantes que sean ganadores deberán entregar al Organizador los siguientes datos:
  • Nombre completo.
  • Cédula de identidad o RUT.
  • Correo electrónico.
  • Teléfono de contacto.
  • Cuenta de Instagram o Facebook.
  • Sólo podrán participar quienes cumplan los requisitos descritos en estas bases y las acepten sin reserva alguna, quedando descartados quienes no cumplan con uno o algunos de estos requisitos.

 

TERCERO: MECÁNICA Y SORTEO.

  • El período de participación será desde el día 24 de octubre de 2024 hasta el día 4 de noviembre de 2024 hasta las 23:59 horas.
  • Se deja expresa constancia que los ganadores serán escogidos el día 5 de noviembre de 2024, una vez concluido el período de participación.
  • El sorteo se realizará mediante tómbola electrónica con todos los participantes que cumplan los requisitos señalados en la cláusula segunda anterior, delante de tres testigos, de los cuales se levantará un acta.
  • Se sortearán treinta (30) entradas dobles.
  • El día 5 de noviembre de 2024 se publicará a los ganadores en los perfiles @omoda.chile y @jaecoo.chile en Instagram y Facebook .
  • Los ganadores serán contactados por el Organizador mediante email, llamada o vía Instagram o Facebook para recibir su premio el mismo día 5 de noviembre de 2024.
 

CUARTO: PREMIOS.

  • El premio consistirá en treinta (30) entradas dobles para el evento “Experiencia E” (en adelante el “Premio”), las que serán repartidas entre treinta (30) Participantes diferentes. En caso alguno un Participante podrá ganar dos (2) o más veces el Premio.
  • En virtud de lo señalado en la cláusula 4.1. anterior, los Ganadores recibirán como Premio dos entradas individuales que les permitirá asistir a uno de los cuatro días del evento, es decir, podrá seleccionar asistir a la jornada del día 7, 8, 9 o 10 de noviembre de 2024, junto con un acompañante. Las entradas serán en formato digital, por ello, para canjearlas los ganadores deberán ingresar al sitio web ticketplus.cl y completar la información solicitada de acuerdo con lo señalado por el Organizador. En ningún caso se entenderá que el Premio consistirá en un abono para asistir a más de un día del Evento.
 

QUINTO: ENTREGA DEL PREMIO.

  • El Premio será entregado previa confirmación fidedigna por parte del Organizador de los datos de los ganadores (y sus acompañantes) del cabal cumplimiento de las presentes bases. El Organizador se reserva el derecho de exigir la demostración de identidad de los ganadores antes de la entrega del Premio, mediante la exhibición de su cédula de identidad, pasaporte vigente y/o licencia de conducir. Si uno o varios de los ganadores no han podido acreditar indubitablemente su identidad ante el Organizador dentro de los dos (2) días siguientes a través del medio que el Organizador les indique, se entenderá que no han sido localizados.
  • Una vez confirmados los ganadores, el Organizador tiene la facultad de dejar nulo el premio en los siguientes casos:
    1. Que uno o varios ganadores no se pongan en contacto con el Organizador en los plazos indicados por éste.
    2. Que uno o varios ganadores no cumplan con los demás requisitos de las bases.
    3. Que uno o varios ganadores no presenten la documentación necesaria exigida por el Organizador.
    4. En el evento que Espacio Riesgo y Eliseo S., organizadores del Evento, decidan suspenderlo, aplazarlo y/o cancelarlo.
  • Para lo anterior, dentro del plazo de dos (2) días contados desde la publicación de los ganadores, serán contactados por el Organizador, por e-mail, llamado telefónico o mensaje privado en Instagram, mensaje de Facebook cualquiera de estas alternativas. Además, su nombre será publicado en el Instagram del Organizador (@omoda.chile) y/o su Facebook.
  • Los ganadores deberán canjear sus entradas para el evento hasta el día 7 de noviembre de 2024. De lo contrario, perderán todo derecho al respectivo Premio.
  • No habiendo sido contactado ningún ganador, se extinguirán las obligaciones que al Organizador le correspondiere en cuanto a la entrega del Premio y declarará desierto el Concurso.
  • Para la entrega del premio, será necesario que los ganadores cuenten con los documentos exigidos y los faciliten al Organizador.
 

SEXTO: DURACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL.

  • La vigencia del concurso será del día 24 de octubre de 2024 al día 4 de noviembre de 2024 (ambos días inclusive).
  • El concurso será válido solamente si el participante cumple con las reglas pactadas.
 

SÉPTIMO: RESTRICCIONES.

  • Solo podrán ser ganadores los que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases y residan dentro del territorio de la República de Chile.
  • Los ganadores no podrán exigir sus Premios en dinero, o especies distintas al Premio señalado en la cláusula cuarta precedente.
  • El Premio no es cedible y es intransferible, con la excepción de lo señalado en la cláusula 4.2. precedente.
  • El Organizador no se responsabiliza por robo, hurto, extravió daños a terceros o que terceros puedan ocasionarles a los ganadores por la utilización del Premio.
 

OCTAVO: EXCLUSIONES.

  • Quedan excluidos de participar de la promoción:
  1. Accionistas o socios que tengan participación del capital social, directores, administrativos, altos ejecutivos de las empresas pertenecientes al Grupo OMODA & JAECCO, el personal de sala de los establecimientos comerciales en que desarrolla materialmente el concurso, el personal involucrado de la agencia de publicidad, agencia de promociones y/o auspiciadores del concurso, si las hubieren; y el personal dependiente de contratistas o empresas externas que presten servicios a los anteriores o al Organizador con el objeto de desarrollar y/o ejecutar el concurso.
  2. Cualquier persona que haya participado directamente en la preparación, desarrollo y/o ejecución del presente concurso.
 
  • Personal de Chery Omoda&Jaecoo Motor SpA.

 

NOVENO: DISPOSICIONES FINALES.

  • ModificacionesSiempre que no importe una alteración sustancial, disminución y/o menoscabo en las condiciones esenciales del concurso, el Organizador podrá modificar su duración, lugar y fechas del sorteo, premios y demás características y condiciones de la misma, lo que será comunicado oportunamente mediante el mismo sistema para publicitar las presentes bases.
  • Reserva de accionesEl Organizador se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante el concurso, incluyendo, pero no limitando a falsificación o adulteración de datos.
  • IndemnidadEl Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran sufrir los Participantes o terceros en su persona, derechos de imagen o bienes, con motivo u ocasión del concurso, declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente a los Participantes o terceros, lo que es aceptado incondicionalmente por estos. Los Participantes o ganadores serán los únicos responsables de la utilización del Premio y sus consecuencias, y deberán asumir los costos, gastos e impuestos aplicables al Premio, si los hubiera, sin que puedan reclamar al Organizador ningún pago ni reembolso por dichos conceptos ni por cualquier desembolso que deban realizar para acceder al Premio. El Organizador no será responsable por desperfectos técnicos e informáticos, ni por errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo del concurso. Tampoco será responsable por el funcionamiento o la accesibilidad de sistemas, ni por fallas o errores de cualquier índole en los equipos de computación, dispositivos móviles u otros.
  • El registro y participación en el presente Concurso, la autorización del uso de sus datos personales se efectúa conforme a lo dispuesto en la ley 19.628 Sobre Protección de la Vida Privada. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita. El Organizadorserá el responsable del tratamiento y seguridad de los Datos Personales. El Organizador recopilará todos los Datos Personales ingresados, en un archivo electrónico totalmente seguro y confidencial, y utilizará los mismos en total cumplimiento de la legislación vigente, las políticas de privacidad del Organizador, y las condiciones aquí informadas. Los datos de los Participantes que así lo hubieran solicitado al momento de entregar sus datos, serán incluidos en las Bases de datos del Organizador, para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. El titular de los datos podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a los que se refiere la ley 19.628 Sobre Protección de la Vida Privada, comunicándose vía mail a [email protected].
 

PUBLICIDAD DE LAS PRESENTES BASES: Se deja constancia que copia del presente documento serán en la página web de Omoda: https://omoda.cl/

Para todos los efectos relacionados con este concurso se fija domicilio en la ciudad y comuna de Santiago.

 

p.p. CHERY OMODA&JAECOO MOTOR SPA