BASES DE CONCURSO
“ETIQUETA A TU COPILOTO Y GANA ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”
En Santiago de Chile, a 30 de enero de 2025, CHERY OMODA & JAECOO MOTOR SpA, Rol Único Tributario N° 77.737.328-5, debidamente representado por representada por don Cheng Zhang, Pasaporte de la República Popular de China N° EK668598, y por don Jason Wang, Pasaporte de la República Popular de China N° EL7754213, todos con domicilio en Alonso de Córdova 4355, Piso 5, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en adelante el “Organizador”, ha establecido las siguientes bases que regirán el concurso denominado “ETIQUETA A TU COPILOTO Y GANA ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”, en adelante e indistintamente el “Concurso”. El concurso se regulará de acuerdo a los términos y condiciones establecidas en este documento, en adelante las “Bases”:
PRIMERO: Antecedentes generales.
SEGUNDO: Requisitos para concursar.
Podrán participar en el Concurso todas aquellas personas, que durante el Plazo de Vigencia den cumplimiento a lo establecido en la cláusula Sexta y Séptima, y cumplan con los siguientes requisitos copulativos (en adelante, los “Participantes”):
TERCERO: Exclusiones
CUARTO: Vigencia del Concurso
QUINTO: Territorio.
El Concurso tendrá aplicación en todo el territorio de Chile.
SEXTO: Mecanismo de participación.
Para participar en el Concurso, los Participantes deberán realizar las siguientes actividades:
SÉPTIMO: Proceso de selección del ganador
OCTAVO: Premio.
NOVENO: Obligaciones del Participante.
DÉCIMO: Gastos y responsabilidades.
UNDÉCIMO: Tratamiento de datos personales.
DUODÉCIMO: Modificación de las Bases.
El Organizador se reserva el derecho de modificar las presentes Bases, en cualquier momento, y sin necesidad de expresar causa. Las modificaciones que realice el Organizador surtirán efectos una vez publicadas o protocolizadas, sin perjuicio de que en el respectivo instrumento se indique una fecha distinta de entrada en vigencia, que, en todo caso, no podrá ser anterior a su publicación o protocolización.
DÉCIMO TERCERO: Interpretación de las Bases.
El Organizador se reserva el derecho para interpretar y determinar el sentido y alcance de estas bases, en caso de dudas y/o conflictos que se suscitaren sobre su contenido y aplicación.
DÉCIMO CUARTO: Aceptación de las Bases.
DÉCIMO QUINTO: Autorización.
Los Participantes ganadores del Concurso, al aceptar las presentes Bases y suscribir el Acta de Recepción de Premio (Anexo N°1), autorizan expresamente e irrevocablemente al Organizador para difundir su imagen y nombre, en el marco de las actividades de promoción, publicidad o marketing que éste realice. En virtud de lo anterior, el Organizador podrá comunicar su identidad, grabar, filmar y/o fotografiar a los ganadores, así como exhibir, reproducir y/o publicar dichas grabaciones, filmaciones o fotografías en redes sociales, sitios web o en cualquier otro medio o plataforma, ya sea audiovisual, escrito, digital o físico, sin que ello genere derecho a pago o indemnización alguna para los ganadores.
DÉCIMO SEXTO: Reserva de acciones.
El Organizador se reserva el derecho a iniciar las acciones legales que procedan frente a cualquier irregularidad que se pueda detectar, que se haya realizado en, o con ocasión del presente Concurso.
DÉCIMO SÉPTIMO: Ley aplicable y jurisdicción.
Toda relación que en virtud de este Concurso se genere entre cualquiera de los Participantes y el Organizador, se regirá con total sujeción a las leyes de la República de Chile y serán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa de los Participantes del Concurso a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
DÉCIMO OCTAVO: Consultas y reclamos.
Las consultas o reclamos que requieran presentar los Participantes, que se refieran al presente Concurso, deberán ser dirigidas al correo electrónico [email protected]
ANEXO N°1 DE BASES DE CONCURSO
“_______________________”
ACTA DE RECIBO DE PREMIO, RENUNCIA DE ACCIONES Y DERECHO A USO DE IMAGEN
En ________________, a ___de ____________de __________.
____________________________, de nacionalidad _________________, mayor de edad, estado civil _______________, profesión u oficio_______________, cédula nacional de identidad N°_________ __, domiciliado en _________________________________, de la ciudad de ________________, declaro que:
De esta forma y habiendo recibido a entera satisfacción y conformidad el Premio antes señalado, vengo en renunciar expresa e irrevocablemente a toda acción, cualquiera sea su naturaleza, infraccional, civil o penal, que pudiere asistirme con motivo del Concurso, desarrollado por CHERY, OMODA & JAECOO MOTOR SpA.
Acredito mi identidad con la exhibición y entrega de una copia de mi Cédula de Identidad, el cual se entiende parte integrante del presente instrumento.
Firma: ____________________________
Nombre completo: ____________________________
Cédula de identidad: ____________________________ (adjuntar copia)
PROMOCIÓN «PLAN DE CARGA GRATIS POR 1 AÑO»
Esta promoción es válida exclusivamente para clientes que adquieran un vehículo mediante financiamiento a través de Forum hasta el 31 de marzo de 2025 y activen el beneficio en la App Copec. Para acceder, el cliente debe contar con una cuenta activa en la aplicación al momento de la compra.
El beneficio consiste en un año de carga gratuita, con un límite de:
Hasta 2.100 kWh en total durante 12 meses.
Promoción un año gratis considera 3 cargas al mes desde 0% a 80% considerando un recorrido estándar de 1.050 kilómetros
El beneficio se otorga en forma de saldo cargado en la App Copec y es válido únicamente para cargas en Copec Voltex.
El saldo de carga se activará en la cuenta del usuario en el mes siguiente o subsiguiente a la fecha de compra del vehículo.
La promoción tendrá una vigencia de 12 meses desde la activación o hasta alcanzar el tope de 2.100 kWh, lo que ocurra primero.
Este beneficio no es acumulable con otras promociones, no es transferible, no es canjeable por dinero y no es reembolsable en caso de no utilizar la totalidad del saldo disponible. 4. Información y Atención al Cliente
Para más detalles sobre la promoción, sus términos y condiciones, visita www.appcopec.cl o comunícate con el servicio de atención al cliente de Copec Voltex a través de [email protected].
BASES DE CONCURSO
“CANTA POR ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”
En Santiago de Chile, a 17 de febrero de 2025, CHERY OMODA & JAECOO MOTOR SpA, Rol Único Tributario N° 77.737.328-5, debidamente representado por representada por don Cheng Zhang, Pasaporte de la República Popular de China N° EK668598, y por don Jason Wang, Pasaporte de la República Popular de China N° EL7754213, todos con domicilio en Alonso de Córdova 4355, Piso 5, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en adelante el “Organizador”, ha establecido las siguientes bases que regirán el concurso denominado “CANTA POR ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”, en adelante e indistintamente el “Concurso”. El concurso se regulará de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en este documento, en adelante las “Bases”:
PRIMERO: Antecedentes generales.
SEGUNDO: Requisitos para concursar.
Podrán participar en el Concurso todas aquellas personas, que durante el Plazo de Vigencia den cumplimiento a lo establecido en la cláusula Sexta y Séptima, y cumplan con los siguientes requisitos copulativos (en adelante, los “Participantes”):
TERCERO: Exclusiones
CUARTO: Vigencia del Concurso
QUINTO: Territorio.
El Concurso tendrá aplicación en todo el territorio de Chile.
SEXTO: Mecanismo de participación.
Para participar en el Concurso, los Participantes deberán realizar las siguientes actividades:
SÉPTIMO: Proceso de selección del ganador
OCTAVO: Premio.
NOVENO: Obligaciones del Participante.
DÉCIMO: Gastos y responsabilidades.
UNDÉCIMO: Tratamiento de datos personales.
DUODÉCIMO: Modificación de las Bases.
El Organizador se reserva el derecho de modificar las presentes Bases, en cualquier momento, y sin necesidad de expresar causa. Las modificaciones que realice el Organizador surtirán efectos una vez publicadas o protocolizadas, sin perjuicio de que en el respectivo instrumento se indique una fecha distinta de entrada en vigor, que, en todo caso, no podrá ser anterior a su publicación o protocolización.
DÉCIMO TERCERO: Interpretación de las Bases.
El Organizador se reserva el derecho para interpretar y determinar el sentido y alcance de estas bases, en caso de dudas y/o conflictos que se suscitaren sobre su contenido y aplicación.
DÉCIMO CUARTO: Aceptación de las Bases.
DÉCIMO QUINTO: Autorización.
Los Participantes ganadores del Concurso, al aceptar las presentes Bases y suscribir el Acta de Recepción de Premio (Anexo N°1), autorizan expresa e irrevocablemente al Organizador para difundir su imagen y nombre, en el marco de las actividades de promoción, publicidad o marketing que éste realice. En virtud de lo anterior, el Organizador podrá comunicar su identidad, grabar, filmar y/o fotografiar a los ganadores, así como exhibir, reproducir y/o publicar dichas grabaciones, filmaciones o fotografías en redes sociales, sitios web o en cualquier otro medio o plataforma, ya sea audiovisual, escrito, digital o físico, sin que ello genere derecho a pago o indemnización alguna para los ganadores.
DÉCIMO SEXTO: Reserva de acciones.
El Organizador se reserva el derecho a iniciar las acciones legales que procedan frente a cualquier irregularidad que se pueda detectar, que se haya realizado en, o con ocasión del presente Concurso.
DÉCIMO SÉPTIMO: Ley aplicable y jurisdicción.
Toda relación que en virtud de este Concurso se genere entre cualquiera de los Participantes y el Organizador, se regirá con total sujeción a las leyes de la República de Chile y serán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa de los Participantes del Concurso a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
DÉCIMO OCTAVO: Consultas y reclamos.
Las consultas o reclamos que requieran presentar los Participantes, que se refieran al presente Concurso, deberán ser dirigidas al correo electrónico [email protected]
ANEXO N°1 DE BASES DE CONCURSO
“_______________________”
ACTA DE RECIBO DE PREMIO, RENUNCIA DE ACCIONES Y DERECHO A USO DE IMAGEN
En ________________, a ___de ____________de __________.
____________________________, de nacionalidad _________________, mayor de edad, estado civil _______________, profesión u oficio_______________, cédula nacional de identidad N°_________ __, domiciliado en _________________________________, de la ciudad de ________________, declaro que:
De esta forma y habiendo recibido a entera satisfacción y conformidad el Premio antes señalado, vengo en renunciar expresa e irrevocablemente a toda acción, cualquiera sea su naturaleza, infraccional, civil o penal, que pudiere asistirme con motivo del Concurso, desarrollado por CHERY, OMODA & JAECOO MOTOR SpA.
Acredito mi identidad con la exhibición y entrega de una copia de mi Cédula de Identidad, el cual se entiende parte integrante del presente instrumento.
Firma: ____________________________
Nombre completo: ____________________________
Cédula de identidad: ____________________________ (adjuntar copia)
¿QUÉ ES LA GARANTÍA LEGAL?
La Garantía Legal es un derecho que tienen todos los propietarios de vehículos nuevos cuando el producto presenta defectos, le faltan piezas o partes, no es apto para el uso destinado, o persisten fallas incluso después de una reparación. En estos casos, y según lo establecido por la Ley
19.496, los consumidores pueden elegir una de las siguientes opciones:
1.- Reparación gratuita.
2.- Cambio del producto, previa restitución del vehículo.
3.- Devolución del dinero, previa restitución del vehículo.
IMPORTANTE: Para cualquiera de estas opciones,
primeramente el vehículo deberá ser evaluado por el servicio
técnico, a modo de confirmar que el origen de la situación
esté cubierto por la garantía y no sea atribuible a
negligencias y/o mal uso de parte del usuario
el vehículo sigue siendo inadecuado para su uso.
Defectos ocultos: Cuando el vehículo presenta vicios o
defectos que impiden su uso habitual.
¿CUÁNDO APLICA LA GARANTÍA LEGAL?
La Garantía Legal aplica en las siguientes situaciones:
Incumplimiento de normas de seguridad o calidad:
Cuando el producto no cumple con las especificaciones
exigidas.
Materiales o componentes incorrectos: Cuando las partes,
piezas o elementos del vehículo no coinciden con las
especificaciones o el etiquetado.
Deficiencias que afectan el uso: Cuando el vehículo, debido
a problemas de fabricación, materiales o calidad, no es apto
para el uso previsto o el señalado en la publicidad.
Incumplimiento de acuerdos: Cuando el proveedor y él
consumidor acuerdan especificaciones que el producto no
cumple.
Fallas recurrentes: Sí, tras la reparación por garantía,
persisten las mismas deficiencias, aparecen nuevas fallas o
el vehículo sigue siendo inadecuado para su uso.
Defectos ocultos: Cuando el vehículo presenta vicios o
defectos que impiden su uso habitual.
¿CUÁL ES EL PLAZO PARA EJERCER LA GARANTÍA LEGAL?
El plazo para hacer efectiva la Garantía Legal es de 6 meses
desde la fecha de recepción del vehículo y/o la fecha de
facturación.
¿CÓMO EJERCER LA GARANTÍA LEGAL?
Para ejercer este derecho, se requiere someter el vehículo a
una revisión o diagnóstico previo, que determinará el origen
de la falla. Para ello, los clientes deben contactar a
cualquiera de los servicios técnicos autorizados de la red
OMODA & JAECOO.
¿QUÉ CONDICIONES SE DEBEN CUMPLIR PARA EJERCER LA GARANTÍA LEGAL?
Para hacer válida la Garantía Legal, se deben cumplir las
siguientes condiciones:
Restitución del vehículo en buen estado: El vehículo debe
devolverse en condiciones adecuadas.
Origen de la falla: El desperfecto no debe ser atribuible al
consumidor. Algunos ejemplos de exclusiones son:
• Uso de combustible contaminado o inadecuado (como
diésel en lugar de bencina).
• Daños por choques no relacionados con defectos del
vehículo.
• Incumplimiento de las instrucciones del Manual del
Propietario.
• Alteraciones realizadas por servicios no autorizados o
modificaciones no permitidas.
• Daños ocasionados por remolques incorrectos, acción
de terceros o eventos naturales (como sismos o
temporales).
¿TIENES MÁS DUDAS?
Si necesitas más información o tienes
consultas sobre la Garantía Legal, no dudes en
contactarte con cualquiera de nuestros
servicios técnicos autorizados.
BASES DE CONCURSO
“CANTA POR ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”
En Santiago de Chile, a de enero de 2025, CHERY OMODA & JAECOO MOTOR SpA, Rol Único Tributario N° 77.737.328-5, debidamente representado por representada por don Cheng Zhang, Pasaporte de la República Popular de China N° EK668598, y por don Jason Wang, Pasaporte de la República Popular de China N° EL7754213, todos con domicilio en Alonso de Córdova 4355, Piso 5, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en adelante el “Organizador”, ha establecido las siguientes bases que regirán el concurso denominado “CANTA POR ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”, en adelante e indistintamente el “Concurso”. El concurso se regulará de acuerdo a los términos y condiciones establecidas en este documento, en adelante las “Bases”:
PRIMERO: Antecedentes generales.
SEGUNDO: Requisitos para concursar.
Podrán participar en el Concurso todas aquellas personas, que durante el Plazo de Vigencia den cumplimiento a lo establecido en la cláusula Sexta y Séptima, y cumplan con los siguientes requisitos copulativos (en adelante, los “Participantes”):
TERCERO: Exclusiones
CUARTO: Vigencia del Concurso
QUINTO: Territorio.
El Concurso tendrá aplicación en todo el territorio de Chile.
SEXTO: Mecanismo de participación.
Para participar en el Concurso, los Participantes deberán realizar las siguientes actividades:
SÉPTIMO: Proceso de selección del ganador
OCTAVO: Premio.
NOVENO: Obligaciones del Participante.
DÉCIMO: Gastos y responsabilidades.
UNDÉCIMO: Tratamiento de datos personales.
DUODÉCIMO: Modificación de las Bases.
El Organizador se reserva el derecho de modificar las presentes Bases, en cualquier momento, y sin necesidad de expresar causa. Las modificaciones que realice el Organizador surtirán efectos una vez publicadas o protocolizadas, sin perjuicio de que en el respectivo instrumento se indique una fecha distinta de entrada en vigencia, que, en todo caso, no podrá ser anterior a su publicación o protocolización.
DÉCIMO TERCERO: Interpretación de las Bases.
El Organizador se reserva el derecho para interpretar y determinar el sentido y alcance de estas bases, en caso de dudas y/o conflictos que se suscitaren sobre su contenido y aplicación.
DÉCIMO CUARTO: Aceptación de las Bases.
DÉCIMO QUINTO: Autorización.
Los Participantes ganadores del Concurso, al aceptar las presentes Bases y suscribir el Acta de Recepción de Premio (Anexo N°1), autorizan expresamente e irrevocablemente al Organizador para difundir su imagen y nombre, en el marco de las actividades de promoción, publicidad o marketing que éste realice. En virtud de lo anterior, el Organizador podrá comunicar su identidad, grabar, filmar y/o fotografiar a los ganadores, así como exhibir, reproducir y/o publicar dichas grabaciones, filmaciones o fotografías en redes sociales, sitios web o en cualquier otro medio o plataforma, ya sea audiovisual, escrito, digital o físico, sin que ello genere derecho a pago o indemnización alguna para los ganadores.
DÉCIMO SEXTO: Reserva de acciones.
El Organizador se reserva el derecho a iniciar las acciones legales que procedan frente a cualquier irregularidad que se pueda detectar, que se haya realizado en, o con ocasión del presente Concurso.
DÉCIMO SÉPTIMO: Ley aplicable y jurisdicción.
Toda relación que en virtud de este Concurso se genere entre cualquiera de los Participantes y el Organizador, se regirá con total sujeción a las leyes de la República de Chile y serán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa de los Participantes del Concurso a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
DÉCIMO OCTAVO: Consultas y reclamos.
Las consultas o reclamos que requieran presentar los Participantes, que se refieran al presente Concurso, deberán ser dirigidas al correo electrónico [email protected]
ANEXO N°1 DE BASES DE CONCURSO
“_______________________”
ACTA DE RECIBO DE PREMIO, RENUNCIA DE ACCIONES Y DERECHO A USO DE IMAGEN
En ________________, a ___de ____________de __________.
____________________________, de nacionalidad _________________, mayor de edad, estado civil _______________, profesión u oficio_______________, cédula nacional de identidad N°_________ __, domiciliado en _________________________________, de la ciudad de ________________, declaro que:
De esta forma y habiendo recibido a entera satisfacción y conformidad el Premio antes señalado, vengo en renunciar expresa e irrevocablemente a toda acción, cualquiera sea su naturaleza, infraccional, civil o penal, que pudiere asistirme con motivo del Concurso, desarrollado por CHERY, OMODA & JAECOO MOTOR SpA.
Acredito mi identidad con la exhibición y entrega de una copia de mi Cédula de Identidad, el cual se entiende parte integrante del presente instrumento.
Firma: ____________________________
Nombre completo: ____________________________
Cédula de identidad: ____________________________ (adjuntar copia)
BASES DE CONCURSO
“GANA ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”
En Santiago de Chile, a 30 de enero de 2025, CHERY OMODA & JAECOO MOTOR SpA, Rol Único Tributario N° 77.737.328-5, debidamente representado por representada por don Cheng Zhang, Pasaporte de la República Popular de China N° EK668598, y por don Jason Wang, Pasaporte de la República Popular de China N° EL7754213, todos con domicilio en Alonso de Córdova 4355, Piso 5, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en adelante el “Organizador”, ha establecido las siguientes bases que regirán el concurso denominado “GANA ENTRADAS PARA LOLLAPALOOZA 2025 CON OMODA & JAECOO CHILE”, en adelante e indistintamente el “Concurso”. El concurso se regulará de acuerdo a los términos y condiciones establecidas en este documento, en adelante las “Bases”:
PRIMERO: Antecedentes generales.
SEGUNDO: Requisitos para concursar.
Podrán participar en el Concurso todas aquellas personas, que durante el Plazo de Vigencia den cumplimiento a lo establecido en la cláusula Sexta y Séptima, y cumplan con los siguientes requisitos copulativos (en adelante, los “Participantes”):
TERCERO: Exclusiones
coligadas, ni sus cónyuges y/o parientes por afinidad y consanguinidad en toda la línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, ya que sea que lo hagan en nombre propio y/o de terceros.
CUARTO: Vigencia del Concurso
QUINTO: Territorio.
El Concurso tendrá aplicación en todo el territorio de Chile.
SEXTO: Mecanismo de participación.
Para participar en el Concurso, los Participantes deberán realizar las siguientes actividades:
SÉPTIMO: Proceso de selección del ganador
OCTAVO: Premio.
una entrada doble (es decir, dos entradas) para un día de festival (en adelante, los Premios). La distribución de los Premios será la siguiente:
NOVENO: Obligaciones del Participante.
Organizador por hechos relacionados con el festival Lollapalooza Chile 2025, debiendo dirigir cualquier solicitud o requerimiento a los organizadores del evento.
DÉCIMO: Gastos y responsabilidades.
UNDÉCIMO: Tratamiento de datos personales.
de información con otras bases de datos y llevar a cabo acciones de marketing. Asimismo, el Organizador podrá usar los datos para:
DUODÉCIMO: Modificación de las Bases.
El Organizador se reserva el derecho de modificar las presentes Bases, en cualquier momento, y sin necesidad de expresar causa. Las modificaciones que realice el Organizador surtirán efectos una vez publicadas o protocolizadas, sin perjuicio de que en el respectivo instrumento se indique una fecha distinta de entrada en vigencia, que, en todo caso, no podrá ser anterior a su publicación o protocolización.
DÉCIMO TERCERO: Interpretación de las Bases.
El Organizador se reserva el derecho para interpretar y determinar el sentido y alcance de estas bases, en caso de dudas y/o conflictos que se suscitaren sobre su contenido y aplicación.
DÉCIMO CUARTO: Aceptación de las Bases.
DÉCIMO QUINTO: Autorización.
Los Participantes ganadores del Concurso, al aceptar las presentes Bases y suscribir el Acta de Recepción de Premio (Anexo N°1), autorizan expresamente e irrevocablemente al Organizador para difundir su imagen y nombre, en el marco de las actividades de promoción, publicidad o marketing que éste realice. En virtud de lo anterior, el Organizador podrá comunicar su identidad, grabar, filmar y/o fotografiar a los ganadores, así como exhibir, reproducir y/o publicar dichas grabaciones, filmaciones o fotografías en redes sociales, sitios web o en cualquier otro medio o plataforma, ya sea audiovisual, escrito, digital o físico, sin que ello genere derecho a pago o indemnización alguna para los ganadores.
DÉCIMO SEXTO: Reserva de acciones.
El Organizador se reserva el derecho a iniciar las acciones legales que procedan frente a cualquier irregularidad que se pueda detectar, que se haya realizado en, o con ocasión del presente Concurso.
DÉCIMO SÉPTIMO: Ley aplicable y jurisdicción.
Toda relación que en virtud de este Concurso se genere entre cualquiera de los Participantes y el Organizador, se regirá con total sujeción a las leyes de la República de Chile y serán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa de los Participantes del Concurso a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
DÉCIMO OCTAVO: Consultas y reclamos.
Las consultas o reclamos que requieran presentar los Participantes, que se refieran al presente Concurso, deberán ser dirigidas al correo electrónico [email protected]
ANEXO N°1 DE BASES DE CONCURSO
“_______________________”
ACTA DE RECIBO DE PREMIO, RENUNCIA DE ACCIONES Y DERECHO A USO DE IMAGEN
En ________________, a ___de ____________de __________.
____________________________, de nacionalidad _________________, mayor de edad, estado civil _______________, profesión u oficio_______________, cédula nacional de identidad N°_________ __, domiciliado en _________________________________, de la ciudad de ________________, declaro que:
junto con los daños y perjuicios que correspondan, aceptando que el Organizador. podrá seguir en mi contra todo tipo de acciones civiles, penales y administrativas que pudieran corresponder
De esta forma y habiendo recibido a entera satisfacción y conformidad el Premio antes señalado, vengo en renunciar expresa e irrevocablemente a toda acción, cualquiera sea su naturaleza, infraccional, civil o penal, que pudiere asistirme con motivo del Concurso, desarrollado por CHERY, OMODA & JAECOO MOTOR SpA.
Acredito mi identidad con la exhibición y entrega de una copia de mi Cédula de Identidad, el cual se entiende parte integrante del presente instrumento.
Firma: ____________________________
Nombre completo: ____________________________
Cédula de identidad: ____________________________ (adjuntar copia)
BASES DEL CONCURSO “GANA ENTRADAS DOBLES PARA EXPERIENCIA E CON OMODA&JAECOO”
En Santiago de Chile, a 23 de octubre de 2024, CHERY OMODA&JAECOO MOTOR SpA, Rol Único Tributario N° 77.737.328-5, representada por don Cheng Zhang, Pasaporte de la República Popular de China N° EK668598, ambos domiciliados para estos efectos en Alonso de Córdova 4.355, Piso 5, Torre A, comuna de Vitacura, Región Metropolitana (en adelante el “Organizador”), en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 de la ley 19.496 sobre Derechos de los Consumidores ha dispuesto el siguiente concurso de acuerdo a las bases que se establecen a continuación:
PRIMERO: OBJETO.
SEGUNDO: PARTICIPANTES.
TERCERO: MECÁNICA Y SORTEO.
CUARTO: PREMIOS.
QUINTO: ENTREGA DEL PREMIO.
SEXTO: DURACIÓN Y EXTENSIÓN TERRITORIAL.
SÉPTIMO: RESTRICCIONES.
OCTAVO: EXCLUSIONES.
NOVENO: DISPOSICIONES FINALES.
PUBLICIDAD DE LAS PRESENTES BASES: Se deja constancia que copia del presente documento serán en la página web de Omoda: https://omoda.cl/
Para todos los efectos relacionados con este concurso se fija domicilio en la ciudad y comuna de Santiago.
p.p. CHERY OMODA&JAECOO MOTOR SPA